Derechos de personas con discapacidad

Complemento del 100% durante los primeros días de baja

Por acuerdo entre la empresa y CCOO si tienes discapacidad y eres del el centro especial se empleo tienes derecho a un complemento de IT del 100% de tu base salarial, durante los 3 primeros días, con un límite anual de 21 días.

Esta mejora fue suspendida unilateralmente por la empresa y tras llevarla a juicio, recuperamos esta mejora como derecho adquirido siempre que tu contrato sea anterior a septiembre de 2011.

Ventajas tributarias

Si tienes discapacidad, tu retribución anual mínima exenta de tributación se incrementa según tu grado de discapacidad. El mínimo exento general para personas trabajadoras sin discapacidad es de 5.550 euros anuales, que se incrementan dependiendo del grado de discapacidad.

  • Si tienes discapacidad del 33% y hasta el 64% tu retribución anual mínima exenta de tributación se incrementa hasta los 8.550 euros anuales. Además, si acreditas movilidad reducida o necesidad de ayuda de terceros, se incrementa en 3.000 euros anuales mas, hasta los 11.550 euros anuales.
  • Si tienes discapacidad superior al 65% tu retribución anual mínima exenta de tributación se incrementa hasta los 17.550 euros anuales. 9.000 euros por el grado de discapacidad y 3.000 mas por movilidad reducida o necesidad de ayuda de terceros que se asume sin necesidad de acreditación.

Además de esto hay otras ventajas y exenciones que puedes consultar en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria

Tratamiento médico funcional para personas con discapacidad

Si tienes discapacidad y pertenecientes a ILUNION CEE Contact Center, previo aviso y posterior justificación, tienes derecho a ausentarte de tu puesto de trabajo con remuneración, para asistir a especialistas y tratamientos de rehabilitación médico – funcionales y para participar en acciones de orientación, formación y readaptación profesional hasta un máximo de diez días al semestre.

Tras décadas en las que este permiso se podía disfrutar sin incidencias, la empresa decidió comenzar a restringirlo, exigiendo justificantes específicos que en muchas ocasiones los médicos y centros de saludo no podían dar, por lo que, tras dar la oportunidad a la empresa de rectificar, y ante su negativa, acudimos a los tribunales, ganando el juicio y obteniendo una sentencia que dice:

«La empresa no puede exigir que en el justificante conste específicamente que se ha acudido a recibir un tratamiento de rehabilitación médico funcional para poder disfrutar del permiso.»

Si la empresa sigue poniéndote inconvenientes a la hora de ejercer este derecho, contacta con CCOO