En España se considera discapacidad a toda situación de carencia física, mental, intelectual o sensorial, de carácter previsiblemente permanente, que al interactuar con diversas barreras impide o limita la participación plena y efectiva de la persona en la sociedad. Oficialmente, el reconocimiento legal se otorga a partir de un grado igual o superior al 33%
Las personas con el grado de discapacidad reconocido pueden acceder a una serie de bonificaciones proporcionadas tanto por entidades estatales, autonómicas como locales.
Ayudas económicas:
Pensión no contributiva de invalidez (para grados iguales o mayores al 65%).
Prestaciones por hijo a cargo con discapacidad.
Ingreso Mínimo Vital y subsidios específicos de empleo.
Becas y ayudas de apoyo educativo.
Bono social de electricidad y bono social térmico.
Beneficios fiscales y tributarios:
Reducciones en el IRPF, IVA reducido en vehículos o productos de apoyo
Exenciones en impuestos de matriculación y de circulación municipal. (Ver dependiendo de ayuntamiento o comunidad)
Deducciones de hasta 1.200€ en IRPF por cónyuge con discapacidad a cargo.
Movilidad y accesibilidad:
Subvenciones para adaptar viviendas o comprar vehículos adaptados. (Ver dependiendo de ayuntamiento o comunidad)
Tarjetas de estacionamiento y descuentos en transportes públicos. (Ver dependiendo de ayuntamiento o comunidad)
Servicios sociales y dependencia:
Ayuda a domicilio, teleasistencia y plazas en centros residenciales o de día. (Ver dependiendo de ayuntamiento o comunidad)