A partir del 1 de septiembre de 2026, las comunicaciones relacionadas con determinadas prestaciones de la Seguridad Social pasarán a realizarse por vía electrónica
La Seguridad Social cambia el sistema de notificaciones para determinados colectivos.
Desde el 1 de septiembre de 2026, las personas físicas que soliciten o perciban una prestación por Incapacidad Temporal (IT) y aquellas a las que se dirijan comunicaciones o notificaciones relativas a Incapacidad Permanente (IP) o Lesiones Permanentes No Incapacitantes (LPNI) deberán recibir estas comunicaciones por medios electrónicos.
La modificación está recogida en la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, publicada en el BOE, que modifica la regulación de las notificaciones y comunicaciones electrónicas de la Administración de la Seguridad Social. La norma entra en vigor el 1 de septiembre de 2026.
Desde CCOO Tragsatec queremos trasladar esta información porque una notificación de la Seguridad Social puede contener una resolución o comunicación que implique plazos que debemos conocer y respetar.
¿Qué cambia?
A partir del 1 de septiembre, las notificaciones y comunicaciones incluidas en estos supuestos estarán disponibles en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).
El cambio afecta, entre otros casos, a:
- Personas físicas que soliciten o perciban una prestación por Incapacidad Temporal (IT).
- Personas a las que se dirijan comunicaciones o notificaciones relativas a una Incapacidad Permanente (IP).
- Personas a las que se dirijan comunicaciones o notificaciones relativas a Lesiones Permanentes No Incapacitantes (LPNI).
La propia Seguridad Social ha publicado información específica sobre este cambio y confirma la incorporación de las prestaciones de Incapacidad Temporal e Incapacidad Permanente al sistema de notificaciones electrónicas desde el 1 de septiembre de 2026.
Importante: esto no significa que absolutamente todas las comunicaciones de la Seguridad Social pasen a ser electrónicas. El cambio afecta a los supuestos concretos establecidos en la normativa.
Si estás de baja, esto te interesa especialmente
Si actualmente estás en situación de Incapacidad Temporal, debes prestar especial atención a este cambio.
Aunque estés de baja médica y no estés esperando ninguna resolución, puede aparecer una comunicación o notificación de la Seguridad Social que requiera tu atención.
Por eso, desde el 1 de septiembre, recomendamos comprobar periódicamente la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
No conviene esperar a recibir un SMS para hacerlo.
Tienes 10 días naturales para acceder
Este es uno de los aspectos más importantes.
Cuando una notificación electrónica se pone a disposición de la persona interesada, comienza un plazo de 10 días naturales para acceder a su contenido.
Si transcurre ese plazo sin acceder, la notificación se considera rechazada, con los efectos legales correspondientes, y el procedimiento administrativo puede continuar.
Por tanto, no acceder a una notificación no significa que el procedimiento se detenga.
Una resolución puede contener información importante o abrir un plazo para realizar alguna actuación.
Recuerda
Notificación puesta a disposición → 10 días naturales para acceder.
Por eso es importante no dejar la revisión de la SEDESS para cuando recibamos un aviso.
¿El SMS o el correo electrónico son la notificación?
No. Son avisos.
La Seguridad Social puede enviar un SMS o un correo electrónico para avisar de que existe una comunicación o notificación disponible.
Pero el aviso no sustituye a la notificación oficial.
La diferencia es sencilla:
SMS o correo electrónico → aviso
SEDESS → notificación oficial
La normativa contempla el envío de estos avisos al dispositivo electrónico que la persona interesada haya facilitado previamente.
Por eso, no debemos depender exclusivamente de recibir un SMS o un correo electrónico.
¿Cómo puedo consultar mis notificaciones?
Para acceder a las notificaciones electrónicas de la Seguridad Social deberás identificarte mediante un sistema admitido, como Cl@ve o certificado digital.
La Seguridad Social explica que, una vez dentro del servicio de notificaciones, podremos consultar las comunicaciones que se hayan puesto a nuestra disposición y comprobar, entre otros datos, la fecha a partir de la cual comienza a contar el plazo de diez días.
Si estás actualmente de baja o tienes un procedimiento abierto con el INSS, recomendamos comprobar antes del 1 de septiembre que puedes acceder correctamente.
Acceso a la Sede Electrónica de la Seguridad Social:
Sede Electrónica de la Seguridad Social
¿Qué recomendamos hacer?
Desde CCOO Tragsatec recomendamos especialmente a las personas que estén de baja o tengan algún procedimiento abierto con la Seguridad Social:
1. Comprueba tu sistema de identificación
Asegúrate de que tienes operativo Cl@ve, certificado digital u otro sistema de identificación admitido.
No esperes a necesitarlo para comprobar que funciona.
2. Revisa tus datos de contacto
Comprueba que la Seguridad Social dispone de un teléfono móvil y correo electrónico actualizados.
Estos datos permitirán recibir los avisos, aunque recuerda que el aviso no sustituye a la notificación.
3. Consulta periódicamente la SEDESS
No esperes a recibir un SMS.
Si estás dentro de los colectivos afectados, comprueba periódicamente si tienes alguna notificación pendiente.
4. Si estás de baja, presta especial atención
Durante una situación de Incapacidad Temporal, incorpora esta comprobación a tus gestiones habituales mientras dure la baja.
¿Y si tengo dificultades para utilizar los medios electrónicos?
La propia norma contempla esta situación.
La Seguridad Social podrá prestar asistencia presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) para facilitar el acceso a las comunicaciones electrónicas.
La Orden ISM/541/2026 establece expresamente la posibilidad de recibir asistencia presencial para que el acceso a la SEDESS pueda ser realizado válidamente con la ayuda de un funcionario público.
Además, la propia Seguridad Social informa de que desde sus oficinas del INSS se puede tramitar la expedición de certificado digital o Cl@ve Permanente, facilitando el acceso a estos servicios.
Por tanto, si tienes dificultades para utilizar estos medios, no ignores una notificación: solicita asistencia.
Preguntas frecuentes
Estoy de baja actualmente. ¿Me afecta?
Sí. Las personas físicas que soliciten o perciban una prestación por Incapacidad Temporal están incluidas entre los colectivos obligados a recibir estas comunicaciones por medios electrónicos desde el 1 de septiembre de 2026.
¿Tengo que entrar todos los días?
No existe una obligación de consultar la SEDESS diariamente. Sin embargo, teniendo en cuenta que existe un plazo de 10 días naturales, recomendamos revisarla periódicamente para evitar que una comunicación importante quede sin atender.
He recibido un SMS de la Seguridad Social. ¿Es la notificación?
No. El SMS es un aviso. La notificación estará disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
¿Qué pasa si no entro dentro de los 10 días?
Transcurrido el plazo, la notificación se considera rechazada y el procedimiento administrativo puede continuar.
¿Podré consultar la notificación después?
Sí. La Seguridad Social dispone de un Histórico de notificaciones que permite consultar las notificaciones una vez transcurrido el plazo de diez días naturales. Sin embargo, esta consulta posterior no permite firmar la notificación ni recupera los efectos jurídicos del plazo que ya haya finalizado.
¿Esto afecta a todas las comunicaciones de la Seguridad Social?
No. La modificación afecta a los supuestos concretos establecidos en la normativa. Entre ellos se incorporan, desde el 1 de septiembre, las prestaciones de Incapacidad Temporal y las comunicaciones o notificaciones relativas a Incapacidad Permanente y Lesiones Permanentes No Incapacitantes.
Lo importante: no dejes una notificación sin revisar
Si estás de baja o tienes un procedimiento relacionado con una incapacidad, no pierdas de vista las comunicaciones de la Seguridad Social.
Desde el 1 de septiembre de 2026:
Las notificaciones estarán disponibles en la SEDESS.
Tendrás 10 días naturales para acceder.
El SMS o correo electrónico será únicamente un aviso.
No acceder a una notificación dentro del plazo no paraliza el procedimiento.
Desde CCOO Tragsatec recomendamos comprobar que tienes operativo tu sistema de identificación y revisar periódicamente tus notificaciones de la Seguridad Social, especialmente si actualmente te encuentras en situación de Incapacidad Temporal.
Información oficial
Seguridad Social – Notificaciones y comunicaciones electrónicas del INSS
Sede Electrónica de la Seguridad Social
Histórico de notificaciones de la Seguridad Social


