CCOO presenta conflicto colectivo para reclamar la compensación de los festivos que coinciden en sábado

Reclamamos que las personas que trabajan de lunes a viernes puedan disfrutar íntegramente de sus 14 festivos anuales, sin que se solapen con sus días habituales de descanso semanal.

CCOO Tragsatec ha presentado una demanda de conflicto colectivo de ámbito estatal frente a Tragsatec para reclamar que se compensen con otro día de descanso los festivos que coinciden en sábado cuando ese día forma parte del descanso semanal de las personas que trabajan de lunes a viernes.

El objetivo es evitar que la coincidencia de un festivo con un día en el que no se trabaja habitualmente reduzca el número de días festivos que disfruta la plantilla.

¿Qué reclamamos a la empresa?

La demanda plantea tres peticiones concretas:

  • Compensar los festivos que coinciden en sábado con otro día de descanso cuando se solapen con el descanso semanal de las personas que trabajan de lunes a viernes. La reclamación incluye los festivos nacionales, autonómicos y locales.
  • Disfrutar esa compensación en un plazo máximo de 14 días, para que el descanso no quede aplazado indefinidamente, los cuales pueden ser anteriores o posteriores al festivo.
  • Reconocer el carácter retroactivo, para recuperar los festivos que hayan caído en sábado en el último año (se contabiliza hacia atrás desde la fecha de la papeleta de conciliación).

¿Por qué hemos llegado al conflicto colectivo?

El artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores establece el régimen de fiestas laborales retribuidas y no recuperables, con un máximo de 14 al año. Por su parte, el Acuerdo de Homologación de Condiciones de Tragsatec establece, como norma general, dos días consecutivos de descanso semanal, que coincidirán con el sábado y el domingo.

CCOO Tragsatec considera que cuando un festivo coincide con uno de esos días de descanso no debe perderse su disfrute. La coincidencia de ambas circunstancias supone, en la práctica, que la persona trabajadora disfrute de un día festivo menos.

Esta cuestión cuenta con pronunciamientos judiciales relevantes que respaldan la necesidad de evitar que los festivos y los descansos semanales se solapen y reduzcan los días de descanso efectivo de las personas trabajadoras.

Entre ellos se encuentra la sentencia del Tribunal Supremo STS 372/2025, de 30 de abril, que reconoció el derecho a un día adicional de descanso cuando un festivo coincidía con el día de descanso semanal fijo de personas que trabajaban de lunes a domingo y descansaban entre semana.

Además, la Audiencia Nacional, en su sentencia 88/2026, de 19 de mayo, abordó específicamente la coincidencia de festivos en sábado con el descanso semanal de personas que trabajan de lunes a viernes o de lunes a sábado en el sector de contact center, reconociendo el derecho a su compensación.

Estos pronunciamientos constituyen antecedentes jurídicos relevantes para la reclamación de CCOO Tragsatec. La demanda presentada frente a Tragsatec persigue que ese criterio se aplique también a las personas trabajadoras afectadas de nuestra empresa y que se reconozcan las compensaciones reclamadas.

CCOO ya había reclamado una solución a Tragsatec

Esta demanda no llega sin actuaciones previas. El 17 de febrero de 2026, CCOO Tragsatec trasladó en Andalucía esta problemática a la empresa por el inminente festivo del 28 de febrero (día de la Comunidad de Andalucía), que en 2026 caía en sábado, y solicitó que se revisaran los calendarios y horarios afectados.

La Dirección derivó la cuestión al ámbito estatal, dado que afecta a la organización de la empresa en su conjunto. Por este motivo, solicitamos a la Dirección de RRHH la inclusión de este asunto en el orden del día de la reunión de la Representación Sindical Estatal (RSE) del 18 de marzo y volvió a tratarse en las reuniones del 17 de junio y del 17 de septiembre de 2026.

En esas reuniones, la empresa manifestó que no compensaría los festivos coincidentes con el descanso semanal mientras no se produjera un cambio legislativo o existiera un pronunciamiento judicial referido específicamente a Tragsatec.

Ante la negativa de la empresa a aplicar la compensación, CCOO Tragsatec ha decidido acudir a la vía judicial para defender los derechos de la plantilla.

Una reclamación propia de CCOO y procedimientos que se tramitan de forma unificada

CCOO ha presentado su propia demanda de conflicto colectivo frente a Tragsatec, con unas pretensiones concretas que incluyen no solo la compensación de los festivos que coinciden en sábado, sino también que el descanso compensatorio se disfrute en un plazo máximo de 14 días y que se reconozca un día adicional a las personas afectadas durante el último año.

Esta iniciativa se suma a la promovida por UGT por un motivo similar. Por ello, el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) ha decidido unificar los dos procesos, agrupando las reuniones y a las personas mediadoras designadas en ambos procedimientos. La mediación tendrá lugar este viernes 30 de octubre a las 11:30 horas.

La tramitación conjunta permite abordar la controversia en un mismo proceso de mediación, pero no debe confundirse con la identidad de las demandas: CCOO mantiene su propia reclamación y sus pretensiones específicas, incluida la compensación correspondiente a las personas afectadas durante el último año (no incluida en la de UGT).

Nuestro objetivo es claro: que Tragsatec reconozca y garantice el disfrute efectivo de los festivos que se solapan con el descanso semanal, sin que la plantilla pierda los días de descanso que le corresponden.

Seguiremos defendiendo el disfrute íntegro de los festivos

CCOO Tragsatec considera que el calendario laboral debe garantizar el disfrute efectivo de los descansos y festivos que corresponden a la plantilla, sin que la coincidencia de fechas suponga una pérdida de días de descanso.

Con la presentación de este conflicto colectivo, damos un paso más para conseguir una solución que alcance a las personas trabajadoras afectadas en todos los centros de Tragsatec.