{"id":8514,"date":"2001-02-10T09:26:13","date_gmt":"2001-02-10T08:26:13","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-mesa-de-empleo\/"},"modified":"2001-02-10T09:26:13","modified_gmt":"2001-02-10T08:26:13","slug":"acuerdo-mesa-de-empleo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/acuerdos\/acuerdo-mesa-de-empleo\/","title":{"rendered":"ACUERDO MESA DE EMPLEO"},"content":{"rendered":"<p>REUNIDOS<\/p>\n<p>Por Caja Madrid:<\/p>\n<p>D. \u00c1ngel C\u00f3rdoba D\u00edaz<\/p>\n<p>D\u00aa. Marina Mateo Ercilla<\/p>\n<p>D. Agust\u00edn L\u00f3pez del Hierro Abad<\/p>\n<p>D. Jos\u00e9 Luis Barquero Mart\u00edn<\/p>\n<p>D\u00aa. Isabel Alvarez Gunti\u00f1as<\/p>\n<p>Por CC.OO:<\/p>\n<p>D. Jos\u00e9 M\u00aa. Mart\u00ednez L\u00f3pez<\/p>\n<p>D. \u00c1ngel Corrales Mart\u00edn<\/p>\n<p>D. Gabriel Moreno Flores<\/p>\n<p>D. Benito Guti\u00e9rrez Delgado<\/p>\n<p>D\u00aa. M\u00aa Antonia Santiago Fern\u00e1ndez<\/p>\n<p>Por ACCAM:<\/p>\n<p>D. Ignacio Navasq\u00fces y Cobi\u00e1n<\/p>\n<p>D. Pedro Fern\u00e1ndez Merlo<\/p>\n<p>D\u00aa. Soledad L\u00f3pez Pereda<\/p>\n<p>Por UGT:<\/p>\n<p>D. Jos\u00e9 Vicente Bayarri Ballester<\/p>\n<p>D. Rafael Torres Posada<\/p>\n<p>Por Alternativa Sindical:<\/p>\n<p>D\u00aa. M\u00aa Jos\u00e9 Pin\u00e9s Marcos<\/p>\n<p>Por CSI\/CSIF:<\/p>\n<p>D. Fco. Javier Granizo Mu\u00f1oz<\/p>\n<p>D. Pablo Mart\u00edn Calvo<\/p>\n<p>Por SABEI:<\/p>\n<p>D. Antoni Morey Botella.<\/p>\n<p>En Madrid, a 10 de diciembre de 2001, se re\u00fanen las personas arriba indicadas en las respectivas representaciones que ostentan y reconoci\u00e9ndose mutuamente capacidad suficiente para suscribir el presente documento<\/p>\n<p>EXPONEN<\/p>\n<p>Que el pasado 29 de septiembre de 2000 se constituy\u00f3 una mesa de negociaci\u00f3n entre las partes firmantes del presente documento, con el objeto de tratar una serie de cuestiones de \u00edndole laboral que las distintas Secciones Sindicales de Empresa ven\u00edan solicitando a la Entidad.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de la celebraci\u00f3n de diversas reuniones, con fecha 21 de diciembre de 2000 se adopt\u00f3 un Acuerdo con el fin de anticipar la aplicaci\u00f3n de determinadas medidas de impacto sobre el clima laboral que ven\u00edan siendo objeto de las negociaciones sin perjuicio de la continuaci\u00f3n de las mismas.<\/p>\n<p>Como complemento de aquellas medidas y para completar las mismas, se han concluido entre las partes los Acuerdos que a continuaci\u00f3n se rese\u00f1an, quedando \u00edntegramente ratificados, adem\u00e1s, los ya adoptados con fecha 21 de diciembre de 2000 antes referidos.<\/p>\n<p>Por ello, las partes<\/p>\n<p>ACUERDAN<\/p>\n<p>1. COMPROMISOS EN MATERIA DE PR\u00c9STAMOS<\/p>\n<p>     1.1.-  Pr\u00e9stamo de empleado para la adquisici\u00f3n de vivienda habitual.<\/p>\n<p>1.1.1.-  Se elimina la limitaci\u00f3n actualmente existente de poder solicitar un m\u00e1ximo de dos veces el pr\u00e9stamo para la adquisici\u00f3n de vivienda habitual a lo largo de la vida laboral, manteni\u00e9ndose el resto de requisitos y de condiciones que resultan de aplicaci\u00f3n conforme a lo establecido al respecto en la normativa interna aplicable en la Entidad, as\u00ed como en el Convenio Colectivo vigente. <\/p>\n<p>1.1.2.-   Aquellos empleados que a la fecha de la firma del presente acuerdo no hubieran podido acceder a los pr\u00e9stamos de empleados para la adquisici\u00f3n de su actual vivienda habitual por la limitaci\u00f3n antes se\u00f1alada del m\u00e1ximo de dos pr\u00e9stamos, podr\u00e1n solicitar hasta el 28.02.2002, la financiaci\u00f3n que corresponda conforme a lo establecido en el punto 1.1.1. para cancelar\/novar o amortizar parcialmente, en su caso, el pr\u00e9stamo que hubieran solicitado en la Entidad para la adquisici\u00f3n de tal vivienda.<\/p>\n<p>Para ello y para la aplicaci\u00f3n de los requisitos de este tipo de financiaciones, se tendr\u00e1n en cuenta las condiciones de la compraventa en el momento de realizarse la misma. <\/p>\n<p>En el caso de que no sea posible facilitar por el empleado la tasaci\u00f3n de la vivienda anterior, deber\u00e1 presentar la valoraci\u00f3n de la misma por Tasamadrid, con el fin de obtener los informes t\u00e9cnicos referidos al tipo de vivienda, caracter\u00edsticas (tama\u00f1o, antig\u00fcedad, etc..) y precio en el momento de realizarse la compraventa, manteni\u00e9ndose el resto de requisitos y condiciones que resultan de aplicaci\u00f3n conforme a lo establecido al respecto en la normativa interna aplicable en la Entidad, as\u00ed como en el Convenio Colectivo vigente. <\/p>\n<p>Todos los gastos derivados de estas operaciones ser\u00e1n a cargo del empleado excepto aquellas exenciones que se recogen en el Acuerdo de fecha 2.06.1992.<\/p>\n<p>1.2.-  Anticipo de hasta 6 mensualidades.<\/p>\n<p>1.2.1.-  Los empleados fijos en activo de Caja Madrid podr\u00e1n solicitar anticipos reintegrables sin inter\u00e9s, de hasta 6 mensualidades y sin necesidad de justificar los motivos de la solicitud.<\/p>\n<p>1.2.2.- Para la concesi\u00f3n de este anticipo se tendr\u00e1 en cuenta el l\u00edmite de endeudamiento, as\u00ed como el resto de los requisitos que rigen en la Entidad para la solicitud de este tipo de financiaci\u00f3n, en lo que no se modifiquen por el presente acuerdo.<\/p>\n<p>1.2.3.-  Asimismo, y s\u00f3lo a los efectos de determinar el c\u00e1lculo del importe m\u00e1ximo que conforma este  anticipo, se entender\u00e1 por mensualidad todos los conceptos retributivos que, conforme al Acuerdo de 03.07.1998, componen la retribuci\u00f3n fija anual, dividido entre doce.  <\/p>\n<p>1.2.4.-  El plazo de amortizaci\u00f3n ser\u00e1, como m\u00e1ximo, de 30 meses cuando el  importe del anticipo solicitado no supere las 3 mensualidades. Cuando el anticipo solicitado equivalga a un importe superior a 3 mensualidades y hasta un m\u00e1ximo de 6 mensualidades, el plazo m\u00e1ximo de amortizaci\u00f3n ser\u00e1 de 60 meses.<\/p>\n<p>2. SISTEMA DE VALORACI\u00d3N DE RESULTADOS (SVR)<\/p>\n<p>2.1.- Incremento extraordinario del valor de las bases.<\/p>\n<p>2.1.1.- Empleados en plantilla a fecha 30.11.2001 cuya base a dicha fecha no sea superior a la que tuviera a 31.12.2000 y empleados de plantilla incorporados desde el 1.01.2001 hasta el 30.11.2001 cuya base SVR  no sea superior a la del momento de su incorporaci\u00f3n.<\/p>\n<p>     A dichos empleados, con efectos 01.01.2001, se les incrementar\u00e1 en un 2,25% la base que tuvieran a 31.12.2000, o a la fecha de su incorporaci\u00f3n, seg\u00fan corresponda.<\/p>\n<p>    Con efectos 01.01.2002, se les incrementar\u00e1 en un 2,25% la base que tuvieran a 31.12.2001. <\/p>\n<p>     En cualquier caso, se garantizan los siguientes incrementos m\u00ednimos, establecidos seg\u00fan la funci\u00f3n desempe\u00f1ada por cada empleado a fecha 30.11.2001:<\/p>\n<p> Incremento garantizado 2001<br \/>\n Incremento garantizado 2002<\/p>\n<p>Director oficina<br \/>\n 2.500 Pts.<br \/>\n 2.500 Pts.<\/p>\n<p>Subdirector oficina<br \/>\n 1.100 Pts.<br \/>\n 1.100 Pts.<\/p>\n<p>Resto<br \/>\n 600 Pts.<br \/>\n 600 Pts.<\/p>\n<p>2.1.2.- Empleados de plantilla a fecha 30.11.2001 cuya base a dicha fecha sea superior a la que tuviera a 31.12.2000.<\/p>\n<p>Puesto que a estos empleados ya se les ha aplicado un incremento de su base, no se les aplicar\u00e1n incrementos adicionales, salvo que de la aplicaci\u00f3n de los criterios establecidos en el apartado 2.1.1. hubiera resultado un  valor de la base superior, en cuyo caso se le incrementar\u00e1 por la diferencia.<\/p>\n<p>Los empleados cuya base SVR a fecha 30.11.2001 sea superior a la que tuvieran a 31.12.2000 por haber sido nombrados Director o Subdirector de oficina, se les aplicar\u00e1 el incremento de la base conforme a las condiciones recogidas en el apartado 2.1.1.<\/p>\n<p>2.1.3.- Quedar\u00e1n excluidos de los incrementos mencionados en los apartados 2.1.1 y 2.1.2, todos aquellos empleados cuya valoraci\u00f3n profesional por competencias V3 del ejercicio 2000 hubiera sido igual o inferior a 4,5 puntos.<\/p>\n<p>2.2.- Con efectos 01.01.2002 se modificar\u00e1n las cuant\u00edas contenidas en el apartado 9 del Acuerdo de fecha 14.07.1998, en los siguientes t\u00e9rminos:<\/p>\n<p>&#8211; Para los Directores: 97.546 ptas.<\/p>\n<p>&#8211; Para los Subdirectores: 41.820 ptas.<\/p>\n<p>&#8211; Resto de empleados: 20.670 ptas. No obstante, para todas las personas incorporadas a la plantilla de la Entidad a partir del 01.12.2001, a los dos a\u00f1os de su incorporaci\u00f3n pasar\u00e1n a tener una base m\u00ednima de 21.611 ptas.<\/p>\n<p>2.3.- A los Directores de Sucursal que dejen de ejercer dicha funci\u00f3n no se les podr\u00e1 aplicar una reducci\u00f3n en el importe de su base superior al 50% del mismo, no pudiendo la cantidad resultante superar el importe de 97.546 ptas. en el supuesto de que pasasen a desempe\u00f1ar la funci\u00f3n de Subdirector, ni de 69.704 ptas. en el caso de que pasen a realizar funciones comerciales.<\/p>\n<p>A los Subdirectores que dejen de ejercer dicha funci\u00f3n, pasando a realizar funciones comerciales, no se les podr\u00e1 aplicar una reducci\u00f3n en el importe de su base superior al 50% del mismo; no pudiendo la cantidad resultante superar el importe de 34.868 ptas. ni ser inferior a 27.884 ptas.<\/p>\n<p>No obstante lo anterior, al Subdirector que antes de ejercer dicha funci\u00f3n desarrollara la de comercial y tuviera una base superior a la que resulte de aplicaci\u00f3n del p\u00e1rrafo inmediatamente anterior, se le mantendr\u00e1, al menos, el importe de la base que tuviera antes de ejercer dicha funci\u00f3n, revisada, en su caso, conforme a los criterios establecidos en el presente acuerdo.<\/p>\n<p>3. DIRECTORES DE DEPARTAMENTO, COORDINADORES DE EQUIPO, GERENTES DE EMPRESAS Y GERENTES DE PROMOTORES.<\/p>\n<p>3.1.-  Directores de Departamento. <\/p>\n<p>Con efectos 01.01.2002, se establece como categor\u00eda m\u00ednima la del Nivel 14 PDP (6\u00aa B) para todos aquellos empleados designados para realizar la funci\u00f3n de Directores de Departamento.<\/p>\n<p>Igualmente, y con la misma efectividad, se establece para los Directores de Departamento la base m\u00ednima SVR de 97.546 ptas.<\/p>\n<p>3.2.-  Coordinadores de Equipo.<\/p>\n<p>Con efectos 01.01.2002, se establece como categor\u00eda m\u00ednima la del Nivel 17 PDP (Oficial 2\u00ba) para todos aquellos empleados designados para realizar la funci\u00f3n de Coordinadores de Equipo.<\/p>\n<p>Igualmente y con la misma efectividad, se establece para los Coordinadores de Equipo la base m\u00ednima SVR de 41.820 ptas.<\/p>\n<p>3.3.-  Gerentes de Empresas.<\/p>\n<p>Desde el 1.01.2002 y a efectos de categor\u00edas m\u00ednimas, bases m\u00ednimas SVR y promoci\u00f3n y desarrollo profesional PDP, las personas designadas para realizar la funci\u00f3n de Gerentes de Empresas tendr\u00e1n un tratamiento equivalente al de un Subdirector de oficina.<\/p>\n<p>A efectos de determinar los coeficientes multiplicadores de los puntos PDP que le resultar\u00e1n de aplicaci\u00f3n a los Gerentes de Empresas pertenecientes a oficinas de empresas, se les considerar\u00e1 el nivel de su oficina conforme al sistema de clasificaci\u00f3n de sucursales recogido en el Acuerdo de 29.09.1999 y a aquellos que se encuentren ubicados fuera de dichos centros les ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el coeficiente multiplicador correspondiente a una oficina de nivel B. <\/p>\n<p>Estas personas gestionar\u00e1n una cartera de clientes\/empresas asignadas y tendr\u00e1n establecidos objetivos V2 individuales. Para aquellos que se encuentren destinados en oficinas de empresas estos objetivos individuales no podr\u00e1n superar el 70% de V2, siendo el 30% restante correspondiente con los objetivos  V2 del equipo de su centro de trabajo. En ambos casos se les aplicar\u00e1n las siguientes ponderaciones del SVR: V1: 20%, V2: 60% y V3: 20%.<\/p>\n<p>3.4.- Gerentes  de Promotores.<\/p>\n<p>Desde el 01.01.2002 y a efectos de categor\u00edas m\u00ednimas, bases m\u00ednimas SVR y promoci\u00f3n y desarrollo profesional PDP, las personas designadas para realizar la funci\u00f3n de  Gerentes de Promotor tendr\u00e1n un tratamiento equivalente al de un Subdirector de oficina.<\/p>\n<p>A efectos de determinar los coeficientes multiplicadores de los puntos PDP, a los Gerentes de Promotor les ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el coeficiente multiplicador correspondiente a una oficina de nivel B. <\/p>\n<p>Estas personas gestionar\u00e1n una cartera de clientes\/promotores asignada, tendr\u00e1n establecidos objetivos V2 individuales y se les aplicar\u00e1n las siguientes ponderaciones del SVR: V1: 20%, V2: 60% y V3: 20%.<\/p>\n<p>3.5.- Para los casos contemplados en los apartados 3.1, 3.2, 3.3 y 3.4 se establece un per\u00edodo de acreditaci\u00f3n de 6 meses para la efectividad del nombramiento, as\u00ed como para la adquisici\u00f3n  de los niveles m\u00ednimos PDP que correspondan.<\/p>\n<p>Cumplido dicho per\u00edodo satisfactoriamente a criterio de la Caja, la Entidad har\u00e1 efectivo el nombramiento, adquiri\u00e9ndose en ese momento la categor\u00eda que corresponda. No obstante lo anterior, durante el citado per\u00edodo de acreditaci\u00f3n y en tanto se ejerzan provisionalmente dichas funciones, lo que necesariamente implicar\u00e1 para los Gerentes de Empresas y Gerentes de Promotores la asignaci\u00f3n de una cartera de clientes y de objetivos individuales en el SVR, se reconocer\u00e1 un complemento funcional equivalente a la diferencia que exista en cada momento entre la retribuci\u00f3n fija que corresponda al Nivel PDP que ostente el empleado y la que corresponda al Nivel PDP m\u00ednimo aplicable  seg\u00fan la funci\u00f3n correspondiente conforme a los apartados anteriores. En cualquier caso, dicho complemento dejar\u00e1 de percibirse, bien porque se adquiera definitivamente el Nivel PDP m\u00ednimo de dicha funci\u00f3n, o bien porque dejara de ejercer la misma durante dicho per\u00edodo de acreditaci\u00f3n.<\/p>\n<p>4.-  CENTROS DE COMERCIALIZACION Y SERVICIOS HIPOTECARIOS<\/p>\n<p>Dado que la actividad de los centros de comercializaci\u00f3n y servicios hipotecarios es una actividad de negocio comercial, y d\u00e1ndose la circunstancia de que estos centros no pueden ser clasificados dentro del sistema de clasificaci\u00f3n de oficinas por no tener balance propio, se establece que sean equiparados a oficinas de nivel B, a efectos de coeficientes multiplicadores de los puntos PDP.<\/p>\n<p>5.-  INFORMACI\u00d3N A LAS SECCIONES SINDICALES DE EMPRESA<\/p>\n<p>Caja Madrid se compromete a facilitar a las Secciones Sindicales de Empresa con representaci\u00f3n en los Comit\u00e9s de Empresa o Delegados de Personal, fotocopia de las copias b\u00e1sicas de los contratos suscritos en centros de trabajo donde no exista la citada representaci\u00f3n unitaria de los trabajadores.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n a los contratos de puesta a disposici\u00f3n suscritos con las Empresas de Trabajo Temporal, Caja Madrid facilitar\u00e1 a las Secciones Sindicales de Empresa con representaci\u00f3n en los Comit\u00e9s de Empresa o Delegados de Personal, un listado mensual con el nombre, apellidos y destino de las personas puestas a disposici\u00f3n a la fecha de la confecci\u00f3n del citado listado.<\/p>\n<p>6.-  REVISI\u00d3N DE LOS PERFILES DE COMPETENCIAS DEL DIRECTOR DE OFICINA, SUBDIRECTOR DE OFICINA Y COMERCIAL DE LAS UNIDADES DE BANCA COMERCIAL DEL SVR.<\/p>\n<p>Se adjuntan como anexo al presente documento las nuevas definiciones de los perfiles de competencias del Director de Oficina, Subdirector de Oficina y Comercial de las Unidades de Banca Comercial del Sistema de Valoraci\u00f3n de Resultados (SVR), las cuales se comenzar\u00e1n a aplicar en la valoraci\u00f3n del a\u00f1o 2002.<\/p>\n<p>7.-   PREVISI\u00d3N SOCIAL COMPLEMENTARIA<\/p>\n<p>Dada la complejidad de abordar la transformaci\u00f3n de los compromisos por riesgos de fallecimiento e invalidez de personas en activo (viudedad, orfandad e invalidez) dicha materia ha quedado pendiente, por lo que ambas partes acuerdan negociar su transformaci\u00f3n conforme a los siguientes principios:<\/p>\n<p>&#8211; Existir\u00e1 voluntariedad para la permanencia en el actual sistema o en el nuevo que se establezca, para las personas que a la fecha del Acuerdo de 10.12.2001, tuvieran derecho a las coberturas establecidas en el Acuerdo de 3 de julio de 1998. <\/p>\n<p>A quienes se incorporen a Caja Madrid con posterioridad al 10.12.2001, les resultar\u00e1 de aplicaci\u00f3n exclusivamente el nuevo sistema que se pueda implantar, salvo durante el per\u00edodo transitorio que media entre el 10.12.2001 y la fecha en que se pudiera establecer el nuevo sistema, durante el cual les ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n las coberturas establecidas en el Acuerdo sobre Previsi\u00f3n Social Complementaria de fecha 3.07.1998.<\/p>\n<p>&#8211; Las nuevas prestaciones asociadas deber\u00e1n continuar dando una cobertura de los riesgos muy importante.<\/p>\n<p>&#8211; Las partes negociadoras podr\u00e1n modificar el nivel de cobertura y topes.<\/p>\n<p>&#8211; Las Secciones Sindicales contar\u00e1n en todo momento con el apoyo t\u00e9cnico-actuarial necesario y suficiente.<\/p>\n<p>&#8211; Se facilitar\u00e1n y adoptar\u00e1n las medidas necesarias por todas las partes firmantes para que el nuevo sistema pueda ser implantado de forma efectiva.<\/p>\n<p>&#8211; El nuevo sistema no supondr\u00e1 en ning\u00fan caso una reducci\u00f3n ni incremento del nivel de coberturas ni derechos en materia de Previsi\u00f3n Social Complementaria globalmente considerada.<\/p>\n<p>&#8211; Se establece como fecha orientativa de t\u00e9rmino de la negociaci\u00f3n para llegar a un acuerdo el 31.03.2002.<\/p>\n<p>8.- OTRAS MATERIAS<\/p>\n<p>8.1.- Dada la inexistencia de una regulaci\u00f3n uniforme sobre lo que haya de entenderse por parejas de hecho, a efectos de endeudamiento en la solicitud de operaciones financieras, se establece como fecha orientativa de t\u00e9rmino de la negociaci\u00f3n para llegar a un acuerdo al respecto, el 31.01.2002.<\/p>\n<p>8.2.- Igualmente, ante la necesidad de analizar las novedades legislativas en materia de  disfrute del permiso por maternidad, ambas partes acuerdan alcanzar un pacto para la transformaci\u00f3n del tiempo de lactancia por d\u00edas de permiso, se establece como fecha orientativa de t\u00e9rmino de la negociaci\u00f3n para llegar a un acuerdo al respecto, el 31.01.2002.<\/p>\n<p>9.- CL\u00c1USULA DE SUSTITUCI\u00d3N<\/p>\n<p>Ambas partes acuerdan que las normas y acuerdos internos que regulan las materias anteriormente expuestas queden modificados \u00fanicamente en aquellas condiciones en las que se vean afectados por lo expuesto en los apartados precedentes.<\/p>\n<p>Una vez alcanzado un Acuerdo sobre las materias anteriormente expuestas, el representante de Caja Madrid pone de manifiesto las medidas que se van a  implantar pr\u00f3ximamente:<\/p>\n<p>\u00b7Contrataci\u00f3n de plantilla.<\/p>\n<p>Caja Madrid proceder\u00e1 a contratar a 350 personas, de las que 150 se incorporar\u00e1n antes del 31.03.2002 y las 200 restantes, antes del 31.05.2002. Para ello, la Entidad manifiesta su intenci\u00f3n, en la medida de lo posible, de incorporar a aquellas personas que con anterioridad a diciembre de 2001 hayan prestado sus servicios en Caja Madrid a fin de optimizar el conocimiento adquirido y la formaci\u00f3n impartida a las mismas.  <\/p>\n<p>Asimismo, un m\u00ednimo del 70% de las 350 personas contratadas temporalmente mencionadas en el p\u00e1rrafo inmediatamente anterior, pasar\u00e1n a formar parte de la plantilla de la Entidad mediante relaci\u00f3n laboral de car\u00e1cter indefinido, una vez concluidos los 6 meses de duraci\u00f3n del contrato inicial, comprometi\u00e9ndose a contratar a nuevas personas, con contrato de duraci\u00f3n indefinida desde el inicio de su relaci\u00f3n laboral, en sustituci\u00f3n de aquellas de las 350 cuya relaci\u00f3n laboral se extinga transcurridos los 6 meses de duraci\u00f3n de su contrato.<\/p>\n<p>\u00b7Contrataci\u00f3n de Empresas de Trabajo Temporal.<\/p>\n<p>&#8211; Como consecuencia de las necesidades derivadas de la integraci\u00f3n del Euro, desde el 3.12.2001 y hasta la fecha estimada del 28.02.2002, Caja Madrid contar\u00e1 con los servicios de 500 trabajadores de Empresas de Trabajo Temporal.<\/p>\n<p>&#8211; Para cubrir necesidades temporales que puedan manifestarse en los distintos centros de trabajo, Caja Madrid mantendr\u00e1, durante el a\u00f1o 2002, una media de 150 contratos de puesta a disposici\u00f3n de Empresas de Trabajo Temporal.<\/p>\n<p>&#8211; Con el fin de dar cobertura a las sustituciones y a la acumulaci\u00f3n de tareas producida en el per\u00edodo estival, que comprende desde el 1 de junio de 2002 al 30 de septiembre de 2002, Caja Madrid mantendr\u00e1 durante dicho per\u00edodo una media de 250 contratos de puesta a disposici\u00f3n de Empresas de Trabajo Temporal, otorgando una especial atenci\u00f3n a las localidades tur\u00edsticas que pudieran tener un incremento sustancial de clientes de la Entidad. <\/p>\n<p>&#8211; Con el objeto de dar cobertura a la acumulaci\u00f3n de tareas producida por el desarrollo en la Entidad de la campa\u00f1a comercial denominada Tiempos de Espera y otras campa\u00f1as comerciales, durante el a\u00f1o 2002 y por el tiempo necesario para la cobertura de dichas campa\u00f1as,  Caja Madrid formalizar\u00e1 200 contratos de puesta a disposici\u00f3n de Empresas de Trabajo Temporal.<\/p>\n<p>\u00b7 Suplencias<\/p>\n<p>&#8211; Caja Madrid cubrir\u00e1 durante el a\u00f1o 2002 las bajas por maternidad, as\u00ed como las excedencias por maternidad, en el centro de trabajo donde se produzcan, con contrataci\u00f3n al efecto.<\/p>\n<p>&#8211; Asimismo, Caja Madrid cubrir\u00e1 todas aquellas bajas definitivas o excedencias de larga duraci\u00f3n que en la Red Comercial se produzcan durante el a\u00f1o 2002, con contrataci\u00f3n al efecto, correspondiendo a la Direcci\u00f3n de Negocio donde se haya producido la baja designar el destino de la persona contratada.<\/p>\n<p>\u00b7 Internet en casa.<\/p>\n<p>Caja Madrid ofrecer\u00e1 la subvenci\u00f3n y financiaci\u00f3n del proyecto \u201cInternet en Casa\u201d a los empleados incorporados como fijos de plantilla desde la fecha de cierre de la oferta anterior y a los empleados que han pasado a fijos desde la fecha de la oferta anterior hasta el 30.11.2001, manteniendo los requisitos exigidos para los empleados en la oferta que finaliz\u00f3 el 24.05.2001.<\/p>\n<p>Para aquellos empleados que pasen a plantilla fija de la Entidad despu\u00e9s del 30.11.2001, y para aquellos que ya lo eran antes del 24.05.2001, pero no pudieron acogerse a la oferta anterior por no cumplir alguno de los requisitos fijados en la misma, Caja Madrid realizar\u00e1 una oferta espec\u00edfica de financiaci\u00f3n sin inter\u00e9s para posibilitar la compra de un equipo de similares caracter\u00edsticas y, en su caso, el alta e instalaci\u00f3n de l\u00ednea con los importes, requisitos y condiciones que la Entidad considere oportunos en cada momento.<\/p>\n<p>\u00b7 Representantes de los Trabajadores <\/p>\n<p>Caja Madrid analizar\u00e1 a instancias del interesado la Valoraci\u00f3n por Competencias V3 de los representantes de los trabajadores, cuando la puntuaci\u00f3n obtenida sea inferior a la media de las valoraciones V3 efectuadas por el mismo evaluador.<\/p>\n<p>\u00b7Caja Madrid manifiesta que las revisiones de bases SVR pactadas en el Acuerdo de fecha 10.12.2001, tienen car\u00e1cter excepcional, sin que ello implique el reconocimiento de un sistema de revisi\u00f3n autom\u00e1tica ni obligatorio de dichas bases.<\/p>\n<p>\u00b7Una vez concluida la Mesa de Negociaci\u00f3n que se encontraba abierta y con el \u00e1nimo de mantener el mismo esp\u00edritu de di\u00e1logo entre la Entidad y los representantes de los trabajadores, Caja Madrid arbitrar\u00e1 los mecanismos para el establecimiento de foros estables de di\u00e1logo con cada una de las Secciones Sindicales.<\/p>\n<p>Siendo las 22,00 horas, la representante de la Secci\u00f3n Sindical de Alternativa Sindical manifiesta que al no poder suscribir el presente documento dado que debe someterlo para su valoraci\u00f3n a los \u00f3rganos de decisi\u00f3n de la Secci\u00f3n Sindical de Empresa a la que pertenece, se ausenta de la reuni\u00f3n.<\/p>\n<p>Sin m\u00e1s asuntos que tratar, las partes que contin\u00faan en la reuni\u00f3n proceden a la firma del presente documento en el lugar y fecha arriba indicados.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>REUNIDOS Por Caja Madrid: D. \u00c1ngel C\u00f3rdoba D\u00edaz D\u00aa. Marina Mateo Ercilla D. Agust\u00edn L\u00f3pez del Hierro Abad D. Jos\u00e9 Luis Barquero Mart\u00edn D\u00aa. Isabel Alvarez Gunti\u00f1as Por CC.OO: D. Jos\u00e9 M\u00aa. Mart\u00ednez L\u00f3pez D. \u00c1ngel Corrales Mart\u00edn D. Gabriel Moreno Flores D. Benito Guti\u00e9rrez Delgado D\u00aa. M\u00aa Antonia Santiago Fern\u00e1ndez Por ACCAM: D. Ignacio [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"advgb_blocks_editor_width":"","advgb_blocks_columns_visual_guide":"","editor_notices":[],"footnotes":""},"categories":[183,200],"tags":[],"class_list":["post-8514","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-acuerdos","category-empleo"],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.5 - https:\/\/yoast.com\/product\/yoast-seo-wordpress\/ -->\n<title>ACUERDO MESA DE EMPLEO - SECTOR FINANCIERO<\/title>\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-mesa-de-empleo\/\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"es_ES\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"ACUERDO MESA DE EMPLEO - SECTOR FINANCIERO\" \/>\n<meta property=\"og:description\" content=\"REUNIDOS Por Caja Madrid: D. \u00c1ngel C\u00f3rdoba D\u00edaz D\u00aa. Marina Mateo Ercilla D. Agust\u00edn L\u00f3pez del Hierro Abad D. Jos\u00e9 Luis Barquero Mart\u00edn D\u00aa. Isabel Alvarez Gunti\u00f1as Por CC.OO: D. Jos\u00e9 M\u00aa. Mart\u00ednez L\u00f3pez D. \u00c1ngel Corrales Mart\u00edn D. Gabriel Moreno Flores D. Benito Guti\u00e9rrez Delgado D\u00aa. M\u00aa Antonia Santiago Fern\u00e1ndez Por ACCAM: D. Ignacio [&hellip;]\" \/>\n<meta property=\"og:url\" content=\"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-mesa-de-empleo\/\" \/>\n<meta property=\"og:site_name\" content=\"SECTOR FINANCIERO\" \/>\n<meta property=\"article:published_time\" content=\"2001-02-10T08:26:13+00:00\" \/>\n<meta name=\"author\" content=\"ccooservicios\" \/>\n<meta name=\"twitter:card\" content=\"summary_large_image\" \/>\n<meta name=\"twitter:label1\" content=\"Escrito por\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data1\" content=\"ccooservicios\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:label2\" content=\"Tiempo de lectura\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data2\" content=\"17 minutos\" \/>\n<script type=\"application\/ld+json\" class=\"yoast-schema-graph\">{\"@context\":\"https:\\\/\\\/schema.org\",\"@graph\":[{\"@type\":\"Article\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-mesa-de-empleo\\\/#article\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-mesa-de-empleo\\\/\"},\"author\":{\"name\":\"ccooservicios\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#\\\/schema\\\/person\\\/b322f557c0929329bcc6173f29a18b3b\"},\"headline\":\"ACUERDO MESA DE EMPLEO\",\"datePublished\":\"2001-02-10T08:26:13+00:00\",\"mainEntityOfPage\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-mesa-de-empleo\\\/\"},\"wordCount\":3500,\"publisher\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#organization\"},\"articleSection\":[\"Acuerdos\",\"Empleo\"],\"inLanguage\":\"es\"},{\"@type\":\"WebPage\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-mesa-de-empleo\\\/\",\"url\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-mesa-de-empleo\\\/\",\"name\":\"ACUERDO MESA DE EMPLEO - SECTOR FINANCIERO\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#website\"},\"datePublished\":\"2001-02-10T08:26:13+00:00\",\"breadcrumb\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-mesa-de-empleo\\\/#breadcrumb\"},\"inLanguage\":\"es\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"ReadAction\",\"target\":[\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-mesa-de-empleo\\\/\"]}]},{\"@type\":\"BreadcrumbList\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-mesa-de-empleo\\\/#breadcrumb\",\"itemListElement\":[{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":1,\"name\":\"Inicio\",\"item\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/\"},{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":2,\"name\":\"Zona\",\"item\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/categoria\\\/zona\\\/\"},{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":3,\"name\":\"Estatales\",\"item\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/categoria\\\/zona\\\/estatales\\\/\"},{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":4,\"name\":\"ACUERDO MESA DE EMPLEO\"}]},{\"@type\":\"WebSite\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#website\",\"url\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/\",\"name\":\"SECTOR FINANCIERO\",\"description\":\"\",\"publisher\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#organization\"},\"potentialAction\":[{\"@type\":\"SearchAction\",\"target\":{\"@type\":\"EntryPoint\",\"urlTemplate\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/?s={search_term_string}\"},\"query-input\":{\"@type\":\"PropertyValueSpecification\",\"valueRequired\":true,\"valueName\":\"search_term_string\"}}],\"inLanguage\":\"es\"},{\"@type\":\"Organization\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#organization\",\"name\":\"SECTOR FINANCIERO\",\"url\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/\",\"logo\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#\\\/schema\\\/logo\\\/image\\\/\",\"url\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/wp-content\\\/uploads\\\/sites\\\/16\\\/2025\\\/06\\\/Logo-CCOO-s_financiero_alta-scaled.avif\",\"contentUrl\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/wp-content\\\/uploads\\\/sites\\\/16\\\/2025\\\/06\\\/Logo-CCOO-s_financiero_alta-scaled.avif\",\"width\":2560,\"height\":422,\"caption\":\"SECTOR FINANCIERO\"},\"image\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#\\\/schema\\\/logo\\\/image\\\/\"}},{\"@type\":\"Person\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#\\\/schema\\\/person\\\/b322f557c0929329bcc6173f29a18b3b\",\"name\":\"ccooservicios\",\"image\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/66f7f24ed9a1b1a5f859b7c6d2e78a2eea714efe8b665a80b745cebee214503d?s=96&d=mm&r=g\",\"url\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/66f7f24ed9a1b1a5f859b7c6d2e78a2eea714efe8b665a80b745cebee214503d?s=96&d=mm&r=g\",\"contentUrl\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/66f7f24ed9a1b1a5f859b7c6d2e78a2eea714efe8b665a80b745cebee214503d?s=96&d=mm&r=g\",\"caption\":\"ccooservicios\"},\"sameAs\":[\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\"],\"url\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/author\\\/ccooservicios\\\/\"}]}<\/script>\n<!-- \/ Yoast SEO plugin. -->","yoast_head_json":{"title":"ACUERDO MESA DE EMPLEO - SECTOR FINANCIERO","robots":{"index":"index","follow":"follow","max-snippet":"max-snippet:-1","max-image-preview":"max-image-preview:large","max-video-preview":"max-video-preview:-1"},"canonical":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-mesa-de-empleo\/","og_locale":"es_ES","og_type":"article","og_title":"ACUERDO MESA DE EMPLEO - SECTOR FINANCIERO","og_description":"REUNIDOS Por Caja Madrid: D. \u00c1ngel C\u00f3rdoba D\u00edaz D\u00aa. Marina Mateo Ercilla D. Agust\u00edn L\u00f3pez del Hierro Abad D. Jos\u00e9 Luis Barquero Mart\u00edn D\u00aa. Isabel Alvarez Gunti\u00f1as Por CC.OO: D. Jos\u00e9 M\u00aa. Mart\u00ednez L\u00f3pez D. \u00c1ngel Corrales Mart\u00edn D. Gabriel Moreno Flores D. Benito Guti\u00e9rrez Delgado D\u00aa. M\u00aa Antonia Santiago Fern\u00e1ndez Por ACCAM: D. Ignacio [&hellip;]","og_url":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-mesa-de-empleo\/","og_site_name":"SECTOR FINANCIERO","article_published_time":"2001-02-10T08:26:13+00:00","author":"ccooservicios","twitter_card":"summary_large_image","twitter_misc":{"Escrito por":"ccooservicios","Tiempo de lectura":"17 minutos"},"schema":{"@context":"https:\/\/schema.org","@graph":[{"@type":"Article","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-mesa-de-empleo\/#article","isPartOf":{"@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-mesa-de-empleo\/"},"author":{"name":"ccooservicios","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#\/schema\/person\/b322f557c0929329bcc6173f29a18b3b"},"headline":"ACUERDO MESA DE EMPLEO","datePublished":"2001-02-10T08:26:13+00:00","mainEntityOfPage":{"@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-mesa-de-empleo\/"},"wordCount":3500,"publisher":{"@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#organization"},"articleSection":["Acuerdos","Empleo"],"inLanguage":"es"},{"@type":"WebPage","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-mesa-de-empleo\/","url":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-mesa-de-empleo\/","name":"ACUERDO MESA DE EMPLEO - SECTOR FINANCIERO","isPartOf":{"@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#website"},"datePublished":"2001-02-10T08:26:13+00:00","breadcrumb":{"@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-mesa-de-empleo\/#breadcrumb"},"inLanguage":"es","potentialAction":[{"@type":"ReadAction","target":["https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-mesa-de-empleo\/"]}]},{"@type":"BreadcrumbList","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-mesa-de-empleo\/#breadcrumb","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"name":"Inicio","item":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/"},{"@type":"ListItem","position":2,"name":"Zona","item":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/categoria\/zona\/"},{"@type":"ListItem","position":3,"name":"Estatales","item":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/categoria\/zona\/estatales\/"},{"@type":"ListItem","position":4,"name":"ACUERDO MESA DE EMPLEO"}]},{"@type":"WebSite","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#website","url":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/","name":"SECTOR FINANCIERO","description":"","publisher":{"@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#organization"},"potentialAction":[{"@type":"SearchAction","target":{"@type":"EntryPoint","urlTemplate":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/?s={search_term_string}"},"query-input":{"@type":"PropertyValueSpecification","valueRequired":true,"valueName":"search_term_string"}}],"inLanguage":"es"},{"@type":"Organization","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#organization","name":"SECTOR FINANCIERO","url":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/","logo":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#\/schema\/logo\/image\/","url":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-content\/uploads\/sites\/16\/2025\/06\/Logo-CCOO-s_financiero_alta-scaled.avif","contentUrl":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-content\/uploads\/sites\/16\/2025\/06\/Logo-CCOO-s_financiero_alta-scaled.avif","width":2560,"height":422,"caption":"SECTOR FINANCIERO"},"image":{"@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#\/schema\/logo\/image\/"}},{"@type":"Person","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#\/schema\/person\/b322f557c0929329bcc6173f29a18b3b","name":"ccooservicios","image":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/66f7f24ed9a1b1a5f859b7c6d2e78a2eea714efe8b665a80b745cebee214503d?s=96&d=mm&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/66f7f24ed9a1b1a5f859b7c6d2e78a2eea714efe8b665a80b745cebee214503d?s=96&d=mm&r=g","contentUrl":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/66f7f24ed9a1b1a5f859b7c6d2e78a2eea714efe8b665a80b745cebee214503d?s=96&d=mm&r=g","caption":"ccooservicios"},"sameAs":["https:\/\/www.ccooservicios.es"],"url":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/author\/ccooservicios\/"}]}},"author_meta":{"display_name":"ccooservicios","author_link":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/author\/ccooservicios\/"},"featured_img":null,"coauthors":[],"tax_additional":{"categories":{"linked":["<a href=\"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/categoria\/acuerdos\/\" class=\"advgb-post-tax-term\">Acuerdos<\/a>","<a href=\"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/categoria\/empleo\/\" class=\"advgb-post-tax-term\">Empleo<\/a>"],"unlinked":["<span class=\"advgb-post-tax-term\">Acuerdos<\/span>","<span class=\"advgb-post-tax-term\">Empleo<\/span>"]}},"comment_count":"0","relative_dates":{"created":"Publicado 26 a\u00f1os hace","modified":"Actualizado 26 a\u00f1os hace"},"absolute_dates":{"created":"Publicado el 10 de febrero de 2001","modified":"Actualizado el 10 de febrero de 2001"},"absolute_dates_time":{"created":"Publicado el 10 de febrero de 2001 09:26","modified":"Actualizado el 10 de febrero de 2001 09:26"},"featured_img_caption":"","series_order":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8514","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8514"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8514\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8514"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8514"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8514"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}