{"id":8508,"date":"1999-07-05T01:01:00","date_gmt":"1999-07-04T23:01:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\/"},"modified":"1999-07-05T01:01:00","modified_gmt":"1999-07-04T23:01:00","slug":"acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/acuerdos\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\/","title":{"rendered":"ACUERDO DE HOMOLOGACI\u00d3N Y EQUIPARACION DE CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE  BANCA JOVER"},"content":{"rendered":"<p>Por Caja Madrid: D. Angel C\u00f3rdoba D\u00edaz, D\u00f1a. Marina Mateo Ercilla, D. Agust\u00edn L\u00f3pez del Hierro y D. Carlos Gordo Naveso.<\/p>\n<p>Por Banca Jover: D. Josep Masuet Segura.<\/p>\n<p>Por la Federaci\u00f3n de Servicios Financieros y Administrativos de CC.OO. y por CC.OO. de Banca Jover: D. Jos\u00e9 Mar\u00eda Mart\u00ednez L\u00f3pez, D. \u00c1ngel Corrales Mart\u00edn, D. Carlos Alcocer Hern\u00e1ndez y D. Pedro Santagueda Villanueva.<\/p>\n<p>Por la Federaci\u00f3n Estatal de Servicios de UGT y por UGT de Banca Jover: D. \u00c1ngel Campabadal Sol\u00e9, D. Josep Calzada Dolade, D\u00f1a. Montserrat Sarrado Boix y D\u00f1a. Catalina P\u00e9rez Peral.<\/p>\n<p>Por FITC: D. Andr\u00e9s L\u00f3pez Latorre y D. Guillermo Ram\u00f3n Morey.<\/p>\n<p>Por FAMIBAC: D. Antonio Pardo Gonz\u00e1lez, D. Mariano Alonso Tejera.<\/p>\n<p>Por FESIBAC-CGT y CGT de Banca Jover:  D\u00f1a. Meritxell Moneo Carreras y D. Amadeo J. P\u00e9rez Jimeno.<\/p>\n<p>Por SABEI: D. Jaime Llabr\u00e9s Sastre. <\/p>\n<p>En Madrid, a 30 de junio5 de julio de 1999, se re\u00fanen las personas arriba indicadas, en las respectivas representaciones que ostentan y reconoci\u00e9ndose mutuamente capacidad suficiente para suscribir el presente documento y <\/p>\n<p>M A N I F I E S T A N<\/p>\n<p>1\u00ba.-   Que se han venido manteniendo diversas reuniones entre las partes para tratar, de forma negociada, las condiciones laborales de integraci\u00f3n de los trabajadores de Banca Jover en Caja Madrid, considerando las diferentes normativas de aplicaci\u00f3n existentes y con el fin de establecer una homologaci\u00f3n de dichas condiciones.<\/p>\n<p>condiciones, como desarrollo del protocolo laboral suscrito con fecha 22.1.99.<\/p>\n<p>2\u00ba.-   Que resultado de las mencionadas acuerdan lo siguiente <\/p>\n<p>1. GARANTIA DE EMPLEO<\/p>\n<p>Ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n lo establecido en el acuerdo primero del Protocolo Laboral Operaci\u00f3n Caja Madrid \u2013Credit Lyonnais Europe, S.A. suscrito con fecha 22 de enero de 1999 y que fue ratificado por los Comit\u00e9s de Empresa y Delegados de Personal de Banca Jover.<\/p>\n<p>2. EQUIPARACI\u00d3N DE CATEGORIAS<\/p>\n<p>Las personas que se incorporen a Caja Madrid procedentes de Banca Jover lo har\u00e1n con la Categor\u00eda del Convenio Colectivo de Cajas de Ahorro que corresponda con arreglo a la siguiente tabla de equiparaci\u00f3n:<\/p>\n<p>CATEGORIA EN BANCA JOVER<br \/>\n CATEGORIA EN CAJA MADRID<\/p>\n<p> T\u00e9cnico Nivel I<br \/>\n Jefe de 4\u00aa A<\/p>\n<p> T\u00e9cnico Nivel II<br \/>\n Jefe de 4\u00aa B<\/p>\n<p> T\u00e9cnico Nivel III<br \/>\n Jefe de 4\u00aa B<\/p>\n<p> T\u00e9cnico Nivel IV<br \/>\n Jefe de 5\u00aa A<\/p>\n<p> T\u00e9cnico Nivel V<br \/>\n Jefe de 6\u00aa B<\/p>\n<p> T\u00e9cnico Nivel VI<br \/>\n Oficial Superior<\/p>\n<p> T\u00e9cnico Nivel VII<br \/>\n Oficial Primero<\/p>\n<p> T\u00e9cnico Nivel VIII<br \/>\n Oficial Segundo \u2013 3 a\u00f1os<\/p>\n<p> Admin. Nivel IX (Asimilado)<br \/>\n Oficial Segundo \u2013 3 a\u00f1os<\/p>\n<p> Administrativo Nivel IX<br \/>\n Oficial Segundo<\/p>\n<p> Administrativo Nivel X<br \/>\n Auxiliar A<\/p>\n<p> Adm. Nivel XI (m\u00e1s 3 a\u00f1os)<br \/>\n Auxiliar B<\/p>\n<p> Adm. Nivel XI (menos 3 a\u00f1os)<br \/>\n Auxiliar C<\/p>\n<p>Para los empleados de Banca Jover que pasen a desempe\u00f1ar la funci\u00f3n de Director de Sucursal en Caja Madrid, la categor\u00eda m\u00ednima ser\u00e1 la de jefe de 6\u00aa B.<\/p>\n<p>A los empleados de Banca Jover que, una vez producida la incorporaci\u00f3n a Caja Madrid, no pasen a desempe\u00f1ar funciones de Director de Sucursal, les ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n la tabla de homologaci\u00f3n establecida con car\u00e1cter general, si bien la categor\u00eda m\u00e1xima a asignar ser\u00e1 Jefe de 4\u00aa C.<\/p>\n<p>3. RETRIBUCIONES<\/p>\n<p>3.1.-  A los empleados incorporados de Banca Jover se les garantiza en el momento de su incorporaci\u00f3n a Caja Madrid sus percepciones brutas anuales y totales salvo las referentes a complementos funcionales, indemnizaciones y suplidos,  que estar\u00e1totales, que estar\u00e1n sujetas a su origen y naturaleza.<\/p>\n<p>3.1.-3.2.-  Desde el momento de su incorporaci\u00f3n a Caja Madrid, les ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n la estructura salarial de la Entidad que se recoge en el Acuerdo de fecha 3 de julio de 1998. <\/p>\n<p>3.2.-3.3.-  Las diferencias en percepciones que, en su caso, se produjeran, una vez asignada la categor\u00eda de incorporaci\u00f3n, mantendr\u00e1n la naturaleza que tengan en Banca Jover, sin perjuicio de su adecuaci\u00f3n a la mencionada estructura salarial de Caja Madrid.<\/p>\n<p>       Por aplicaci\u00f3n de lo establecido en el p\u00e1rrafo anterior, el antiguo complemento de residencia que actualmentepersonal por destino en baleares viene percibi\u00e9ndose por algunas personas de Banca Jover bajo la r\u00fabrica \u201ccomplemento personal destino Baleares\u201d, se configurar\u00e1, desde el momento de la integraci\u00f3n en Caja Madrid, como complemento de residencia establecido en el Convenio Colectivo de Cajas de Ahorro, percibi\u00e9ndose la diferencia, si la hubiere, como un complemento personal no compensable no absorbible y revisable, que se mantendr\u00e1 \u00fanicamente en tanto persista el destino de estas personas en las Islas Baleares.<\/p>\n<p>3.3.-  Las personas que se incorporen a Caja Madrid3.4.-  En el momento en que las personas procedentes de Banca Jover se incorporen a Caja Madrid,Jover, les ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n igualmente el Sistema de Valoraci\u00f3n de Resultados establecido en los acuerdos de fecha 9 de febrero de 1995 y 14 de julio de 1998.<\/p>\n<p>3.4.-3.5.-  Caja Madrid garantiza un incremento global del 15% sobre los siguientes conceptos salariales que vinieran percibi\u00e9ndose en Banca Jover, en el momento de la incorporaci\u00f3n a Caja Madrid:<\/p>\n<p>&#8211;                 Sueldo base, antig\u00fcedad empresa, antig\u00fcedad t\u00e9cnico, diferencia sueldo t\u00e9cnico nivel VIII y  2,10 complemento voluntario, sobre  17,75 pagas;<\/p>\n<p>&#8211;                 Plus de calidad, plus de productividad, complemento transitorio, plus funcional, plus de asistencia, fiestas suprimidas y prima personal de permanencia, sobre 12 pagas;<\/p>\n<p>&#8211;                 Y la mediael importe medio anual de la bolsa de vacaciones.<\/p>\n<p>Para el c\u00e1lculo y aplicaci\u00f3n de dicho incremento global del 15% se tendr\u00e1n en cuenta las siguientes cantidades y por el orden que se establece a continuaci\u00f3n:De la cantidad resultante, derivado de lo reflejado en el p\u00e1rrafo inmediatamente anterior, se deducir\u00e1n por una sola vez y en el momento de la incorporaci\u00f3n las siguientes cuant\u00edas: <\/p>\n<p>\u00b7           ElIncrementos incremento salarial derivado de la incorporaci\u00f3n a Caja Madrid conforme a laaplicaci\u00f3n de la tabla de equiparaci\u00f3n de categor\u00edas que se establece en el presente Acuerdo.acuerdo, respecto al salario que tuviera en Banca Jover.<\/p>\n<p>\u00b7           Las cantidades siguientes en concepto de retribuci\u00f3n variable:S.V.R. estimada en el 30% de cumplimiento de los factores aplicables:Por la mayor retribuci\u00f3n que supondr\u00e1 la aplicaci\u00f3n del punto 3.4 (inclusi\u00f3n en el Sistema de Valoraci\u00f3n de Resultados) las cantidades siguientes:<\/p>\n<p>q      Director de Sucursal:          280.000<\/p>\n<p>q      Subdirector de Sucursal:      120.000<\/p>\n<p>q      Resto de empleados:            62.000<\/p>\n<p>En ning\u00fan caso, el establecimiento de estas cantidadespor retribuci\u00f3n variable como base del c\u00e1lculo del 15% implicar\u00e1 variaci\u00f3n de los criterios aplicablesestablecidos para la percepci\u00f3n de la retribuci\u00f3n variable, que se ajustar\u00e1n, en todo caso, a lo establecido en elvariable por aplicaci\u00f3n del Sistema de Valoraci\u00f3n de Resultados, citado en el punto 3.33.4 del presente Acuerdo. <\/p>\n<p>UnLa cantidad resultante, si la hubiere, se instrumentar\u00e1en su caso, ser\u00e1 considerada como un complemento personal compensable y absorbible por incrementos de categor\u00eda a\/de jefatura\u00fanicamente por ascensos a, o de, categor\u00eda de jefe y no revisable, que se calcular\u00e1 por la diferencia entre el incremento global 15% sobre las retribuciones indicadas en el presente punto y las cantidades por equiparaci\u00f3n de categor\u00edas y por S.V.R. antes mencionadas.<\/p>\n<p>En todo caso, el mencionado incremento global del 15% tendr\u00e1 como l\u00edmite m\u00e1ximo 1.000.000.- (un mill\u00f3n) de pesetas por persona.<\/p>\n<p>4. ASCENSOS<\/p>\n<p>4.1.-  ParaEn el momento de su incorporaci\u00f3n a Caja Madrid las personasingresadasque ingresen en Caja Madrid con antig\u00fcedad reconocida a todos los efectosefecto de ascenso en Banca Jover antes del 30 de marzo de 1982, se les mantienereconoce el derecho de ascenso por antig\u00fcedad desde la categor\u00eda de equiparaci\u00f3n hasta la de Oficial Superior, conforme establezca ela la disposici\u00f3n adicional y transitoria tercera punto 2.1 del XIII Convenio Colectivo de Cajas de Ahorro.  <\/p>\n<p>4.2.-  ParaEn el momento de su incorporaci\u00f3n a Caja Madrid las personasingresadasque ingresen en Caja Madrid con antig\u00fcedad reconocida a todos los efectosefecto de ascenso en Banca Jover con posterioridadposterior al 30 de marzo de 1982, les ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n lo establecido en cada momento para los empleados de Caja Madrid respecto al sistema de promoci\u00f3n y desarrollo profesional, con las especialidadesascensos, con las especificidades que se establecen a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p>&#8211;       Las personas con categor\u00eda de t\u00e9cnico nivel VIII y administrativo nivel IX asimilado que se incorporen a Caja Madrid como Oficiales 2\u00ba de 3 a\u00f1os, ascender\u00e1n a Oficiales 1\u00ba en Caja Madrid a los 3 a\u00f1os de su incorporaci\u00f3n en dicha Entidad.<\/p>\n<p>&#8211;       Las personas con categor\u00eda de Administrativos Nivel IX que se incorporen a Caja Madrid como Oficiales 2\u00ba, ascender\u00e1n a Oficiales 1\u00ba en Caja Madrid a los 6 a\u00f1os de su incorporaci\u00f3n en dicha Entidad.<\/p>\n<p>&#8211;       Las personas con categor\u00eda de Administrativos Nivel X que se incorporen a Caja Madrid como Auxiliares A, ascender\u00e1n a Oficiales 2\u00ba en Caja Madrid a los 3 a\u00f1os de su incorporaci\u00f3n en dicha Entidad.<\/p>\n<p>5. ANTIGUEDAD<\/p>\n<p>Salvo lo dispuesto en cada uno de los ep\u00edgrafes de este acuerdo, se reconocer\u00e1 a todos los efectos, incluidos los indemnizatorios, la antig\u00fcedad que cada persona tenga reconocida en Banca Jover, con igual car\u00e1cter.  <\/p>\n<p>6. PREVISION SOCIAL COMPLEMENTARIA<\/p>\n<p>Para los empleados actualmente en activo de Banca Jover seSe establece un nuevo Sistema de Previsi\u00f3n Social Complementaria que se articular\u00e1en Banca Jover que garantiza la exteriorizaci\u00f3n de los compromisos por pensiones de trabajadores en activo a la fecha del presente Acuerdo, mediante su integraci\u00f3n en un Plan de Pensiones del Sistema de Empleo, en el Plan de Pensiones de Empleados de Caja Madrid o en el Plan Empleo de aportaci\u00f3n definidade Pensiones del Grupo, en su caso. Dicha exteriorizaci\u00f3n se realizar\u00e1 antes del 31.12.1999, siempre que ello sea legalmente posible y teniendo en cuenta las siguientes condiciones:<\/p>\n<p>\u00a7      Para el reconocimiento deSe exteriorizar\u00e1n como servicios pasadosse tendr\u00e1n en cuenta las cantidades dotadas por Banca Jover por compromisos por pensiones en el Balance a 31.12.98, de forma individualizada, cantidades que se han calculado conforme a los siguientes criterios:<\/p>\n<p>&#8211;          El salario pensionable se establece sobre los conceptos salariales siguientes:<\/p>\n<p>\u00b7     Sueldo base, antig\u00fcedad empresa, antig\u00fcedad t\u00e9cnicos, complemento personal por destino en baleares,residencia y diferencia sueldo t\u00e9cnico nivel VIII, sobre 17,75 pagas.<\/p>\n<p>\u00b7     Plus de calidad, plus de productividad, complemento transitorio, plus funcional, fiestas suprimidas y plus de asistencia, sobre 12 pagas.<\/p>\n<p>\u00b7     Y la mediael importe  medio anual de la bolsa de vacaciones.<\/p>\n<p>&#8211;          Las hip\u00f3tesis actuariales aplicadas son las mismas que las utilizadas en Caja Madrid a fecha 31.12.1997, suponiendo el PE y la edad de jubilaci\u00f3n a los 65 a\u00f1os.<\/p>\n<p>\u00a7      Asimismo, se establecer\u00e1 una cantidad como aportaci\u00f3n inicial, para aquellas personas que no tengan derecho a complemento de jubilaci\u00f3n conforme al Convenio de Banca Privada. Dicha cantidad, ser\u00e1 la que, desde el 29.5.86 se ha dotado cada a\u00f1o a los empleados de Caja Madrid ingresados con posterioridad a esa fecha conforme a lo establecido en los sucesivos Convenios de las Cajas de Ahorro, y en funci\u00f3n del tiempo de prestaci\u00f3n de servicios en Banca Jover desde la citada fecha m\u00e1s la rentabilidadcon los mismos criterios de c\u00e1lculo que se han aplicado a los empleados de Caja Madrid posteriores a 29.05.86 conforme al Acuerdo de fecha 3.07.98 hasta el 31.12.97.<\/p>\n<p>\u00a7     Una vez determinadosindividualizadas dichas cantidades, se habilitar\u00e1 un fondo de nivelaci\u00f3n adicionalque mejorar\u00e1 dichos servicios para las personas actualmente en activo en Banca Jover,en el caso de existir colectivos desfavorecidos, de forma que a cada persona como m\u00ednimo se le exteriorizar\u00e1 una cantidad que sumada al valor total previsible de las aportaciones anuales a efectuar (7% retribuci\u00f3n fija m\u00e1s 3% retribuci\u00f3n variable; 8% retribuci\u00f3n total; 9% retribuci\u00f3n total, seg\u00fan corresponda por los diferentes tramos de edad conforme al acuerdo firmado en Caja Madrid el 3.7.98) hasta el momento de su jubilaci\u00f3n a los 65 a\u00f1os (teniendo en cuenta un tipo de inter\u00e9s t\u00e9cnico del 5%; una revalorizaci\u00f3n salarial de un 3% y un IPC del 2%) suponga 3,58 veces el salario pensionable calculado conforme a los criterios que se ven\u00edan utilizando en Caja Madrid hasta la firma del acuerdo del 3.7.98 tomando como base el vigente a tomando como base el vigente a31.12.97<\/p>\n<p>\u00a7       31.12.97, con el l\u00edmite m\u00e1ximo de siete millones de pesetas anuales. <\/p>\n<p>\u00a7      Desde el momento de adhesi\u00f3n al Plan de Pensiones, las aportaciones futuras se realizar\u00e1n por los mismos porcentajes que correspondan en cada caso sobre retribuciones que los establecidos para los empleados de Caja Madrid, con efectos desde 1.1.1999 1.1.1999, siendo tambi\u00e9nsiendo tambi\u00e9n de aplicaci\u00f3n el sistema de cobertura por riesgos de fallecimiento e invalidez de personas en activo (viudedad, orfandad e invalidez) existente en Caja Madrid conforme al acuerdo del 3.7.98 en dicha Entidad.<\/p>\n<p>\u00a7      Desde la firma del presente acuerdo y hasta su aportaci\u00f3n efectiva al Plan de Pensiones referido, las cantidades a aportar al Plan de Pensiones en concepto de servicios pasados tendr\u00e1n garantizada por Banca Jover una rentabilidad que se calcular\u00e1 conforme al tipo EURIBOR a 6 meses publicadopor elBanco Central Europeo a 30 de junio de 1999, en concreto el 2,81%.<\/p>\n<p>\u00a71999.<\/p>\n<p>\u00a7      En el momento de la incorporaci\u00f3n a Caja Madrid, losLos empleados de Banca Jover deber\u00e1n optar por adherirse, o no, al Plan de Pensiones aplicable. para los empleados de la misma Tal adhesi\u00f3n supondr\u00e1 la aplicaci\u00f3n delnecesariamente la adhesi\u00f3n alaplicaci\u00f3n del Sistema de Previsi\u00f3n Social Complementaria establecido en el presente Acuerdo. <\/p>\n<p>\u00a7Acuerdo, si bien, lasLas aportaciones corrientescorrespondientes al a\u00f1o de incorporaci\u00f3n se realizar\u00e1n por Caja Madrid desde el momento de la incorporaci\u00f3n a la misma ymisma, en caso de adhesi\u00f3n, conforme a las Especificaciones de dicho Plan de Pensiones, asumiendo, adem\u00e1s, Caja Madrid desde dicha incorporaci\u00f3n los compromisos de exteriorizaci\u00f3n establecidos en el presente Acuerdo para Banca Jover. <\/p>\n<p>Jover, salvo que dichos compromisos ya estuvieran exteriorizados.<\/p>\n<p>\u00a7      Todos los puntos referenciados anteriormente ser\u00e1n contrastados por un actuario independiente designado por la representaci\u00f3n sindical, con el coste a cargo de la empresa.<\/p>\n<p>Las personas que se encuentren en situaci\u00f3n de excedencia o suspensi\u00f3n de contrato, excepto los prejubilados,aquellas que se encuentren en situaci\u00f3n de prejubilaci\u00f3n, tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de part\u00edcipes en suspenso sin que se realicen aportaciones mientras duren tales situaciones, aport\u00e1ndose inicialmente al Plan de Pensiones de forma individualizada, las cantidades que les correspondan en concepto iniciales que les correspondan.<\/p>\n<p>de servicios pasados.<\/p>\n<p>El Sistema de Previsi\u00f3n Social Complementaria establecido en el presente Acuerdo supone, en su conjunto, una mejora de la regulaci\u00f3n del Sistema de Previsi\u00f3n establecido en el Convenio Colectivo de Banca Privada, por reconocer un mayor acervo de derechos, globalmente considerados, y sustituye en su totalidad la aplicaci\u00f3n del mismo, de forma que, en el \u00e1mbito de Banca Jover, ser\u00e1 \u00fanicamente aplicable el R\u00e9gimen de Previsi\u00f3n Social Complementaria establecido en el presente Acuerdo.<\/p>\n<p>TeniendoNo obstante lo anterior,teniendo en cuenta el proceso de desarrollo del presente Acuerdo para la constituci\u00f3n delintegraci\u00f3n en el Plan de Pensiones referido, si alguna persona que estuviera en condiciones de ser part\u00edcipe delmismo o Plan de Pensiones de los empleados de Caja Madrid no se adhiriera al mismo, se le aplicar\u00e1n las condiciones, t\u00e9rminos y cuant\u00edas que sobre Previsi\u00f3n Social Complementaria en materia de jubilaci\u00f3n y cobertura por riesgos de fallecimiento e invalidez de personas en activo (viudedad, orfandad e invalidez) se deriven del Convenio Colectivo de Banca Privada vigente en el momento en que se produzcan dichas contingencias, contempl\u00e1ndose su situaci\u00f3n como si hubiera continuado trabajando en Banca Jover.<\/p>\n<p>Lo dispuesto en el presente epigrafeep\u00edgrafe no ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n a los empleados de Banca Jover que se encuentren prejubiladas,en situaci\u00f3n de prejubilaci\u00f3n, cuyo r\u00e9gimen de previsi\u00f3n social complementaria ser\u00e1, en todo caso, el establecido en los correspondientes acuerdos individuales.<\/p>\n<p>6.7. BENEFICIOS SOCIALES<\/p>\n<p>A los empleados que se incorporen de Banca JoverEn el momento de la incorporaci\u00f3n a Caja Madrid les ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n, en los mismos t\u00e9rminos que para los empleados de Caja Madrid, en cada momento, los beneficios que la Caja tiene para sus empleados, sustituyendo en todos sus t\u00e9rminos y condiciones a los que percibieran en Banca Jover.<\/p>\n<p>7.8. PRESTAMOS VIVIENDA<\/p>\n<p>Previa cancelaci\u00f3n del pr\u00e9stamo vivienda de Banca Jover conforme a las condiciones existentes en Caja Madrid para dicha cancelaci\u00f3n, los empleados de Banca Jover en el momento que se incorporen a Caja Madrid tendr\u00e1n derecho al pr\u00e9stamo de empleado existente en esta \u00faltima Entidad en los mismos t\u00e9rminos y condiciones que se aplican a sus empleados. La modalidad del pr\u00e9stamo ser\u00e1 la aplicable en Caja Madrid.<\/p>\n<p>8.9. REPRESENTACI\u00d3N SINDICAL<\/p>\n<p>Caja Madrid respetar\u00e1, a los empleados de Banca Jover que en el momento de la incorporaci\u00f3n a Caja Madrid re\u00fanan la condici\u00f3n de representante legal de los trabajadores en Banca Jover, las garant\u00edas y derechos \u201cad personam\u201d que como representante ten\u00eda en Banca Jover por el per\u00edodo que falte hasta las pr\u00f3ximas elecciones sindicales en Caja Madrid.<\/p>\n<p>10.- FORMACI\u00d3N<\/p>\n<p>A todos los empleados de Banca Jover se les facilitar\u00e1 la formaci\u00f3n necesaria para su adaptaci\u00f3n funcional y profesional en Entidad. Caja Madrid, desde el principio de igualdad de oportunidades.<\/p>\n<p>9.11. OTROS ASPECTOS<\/p>\n<p>9.1.-11.1.-  A todas las personas que estuvieran en plantilla de Banca Jover a la firma del acuerdo de homologaci\u00f3n, se les abonar\u00e1 media paga por una sola vez y en la n\u00f3mina del mes de julio de 1999.<\/p>\n<p>9.2.-11.2.-  Igualmente y en concepto de liquidaci\u00f3n por la fracci\u00f3n de trienio en curso se abonar\u00e1n 50.000 ptas. en la liquidaci\u00f3n que realice Banca Jover en el momento de su incorporaci\u00f3n a Caja Madrid a:<\/p>\n<p>&#8211;                 los administrativos que no les haya vencido ning\u00fan trienio desde la firma del acuerdo hasta su incorporaci\u00f3n en Caja Madrid<\/p>\n<p>&#8211;                 los t\u00e9cnicos que no les haya vencido alguno de los dos trienios en curso (de empresa y t\u00e9cnicos) desde la firma del acuerdo hasta su incorporaci\u00f3n en Caja Madrid.<\/p>\n<p>Las cantidades establecidas en el presente ep\u00edgrafe 9,11, se establecen como cantidades compensatorias de cualquier otra mejora que pudiera corresponder y como liquidaci\u00f3n de los conceptos retributivos que correspondan desde la firma del presente Acuerdo hasta la fecha de la integraci\u00f3n. <\/p>\n<p>10.-12.- CLAUSULA SUSTITUTORIA<\/p>\n<p>Sin perjuicio de lo establecido en el presente Acuerdo, una vez producida la integraci\u00f3n de los trabajadores de Banca Jover en Caja Madrid, ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n plenamente las condiciones laborales que rigen para los empleados de Caja Madrid, que sustituir\u00e1n en todos sus t\u00e9rminos a todas y cada una de las condiciones que las personas afectadas por el mismo tuvieran en Banca Jover, entendiendo que las mismas y las previstas en este Acuerdo satisfacen plena y globalmente el acervo de derechos de los trabajadores afectados.<\/p>\n<p>11.-13.-12.- VINCULACION A LA TOTALIDAD         <\/p>\n<p>El articulado del presente Acuerdo forma un conjunto unitario. No ser\u00e1n admisibles las interpretaciones o aplicaciones que, a efectos de juzgar sobre situaciones individuales o colectivas, valoren aisladamente las estipulaciones convenidas.<\/p>\n<p>A estos efectos, las partes firmantes manifiestan su conformidad al conjuntoglobal de los acuerdos adoptados.<\/p>\n<p>12.-14.-13.- ENTRADA EN VIGOR Y APLICACI\u00d3N<\/p>\n<p>El presente Acuerdo entrar\u00e1 en vigor en la fecha de su firma, siendo de aplicaci\u00f3n, sin perjuicio de lo que se establezca expresamente en cada ep\u00edgrafe, en el momento de la incorporaci\u00f3n a Caja Madrid de cada trabajador de Banca Jover.<\/p>\n<p>En prueba con el contenido del presente Acuerdo, lo suscriben en Madrid, a 30 de junio5 de julio de 1999, <\/p>\n<p>ACTA REUNI\u00d3N DEL D\u00cdA 5 DE JULIO DE 1999<\/p>\n<p>ASISTENTES:<\/p>\n<p>Por Caja Madrid: D. Angel C\u00f3rdoba D\u00edaz, D\u00f1a. Marina Mateo Ercilla, D. Agust\u00edn L\u00f3pez del Hierro y D. Carlos Gordo Naveso.<\/p>\n<p>Por Banca Jover: D. Josep Masuet Segura.<\/p>\n<p>Por la Federaci\u00f3n de Servicios Financieros y Administrativos de CC.OO. y por CC.OO. de Banca Jover: D. Jos\u00e9 Mar\u00eda Mart\u00ednez L\u00f3pez, D. \u00c1ngel Corrales Mart\u00edn, D. Carlos Alcocer Hern\u00e1ndez y D. Pedro Santagueda Villanueva.<\/p>\n<p>Por la Federaci\u00f3n Estatal de Servicios de UGT y por UGT de Banca Jover: D. \u00c1ngel Campabadal Sol\u00e9, D. Josep Calzada Dolade, D\u00f1a. Montserrat Sarrado Boix y D\u00f1a. Catalina P\u00e9rez Peral.<\/p>\n<p>Por FITC: D. Andr\u00e9s L\u00f3pez Latorre y D. Guillermo Ram\u00f3n Morey.<\/p>\n<p>Por FAMIBAC: D. Antonio Pardo Gonz\u00e1lez, D. Mariano Alonso Tejera.<\/p>\n<p>Por FESIBAC-CGT y CGT de Banca Jover:  D\u00f1a. Meritxell Moneo Carreras y D. Amadeo J. P\u00e9rez Jimeno.<\/p>\n<p>Por SABEI: D. Jaime Llabr\u00e9s Sastre. <\/p>\n<p>En Madrid a 5 de julio de 1999 se re\u00fanen las personas arriba indicadas en las respectivas representaciones que ostentan y reconoci\u00e9ndose mutuamente capacidad suficiente para suscribir el presente documento y <\/p>\n<p>MANIFIESTAN<\/p>\n<p>Que en el d\u00eda de hoy se ha suscrito el Acuerdo de Homologaci\u00f3n y Equiparaci\u00f3n de Condiciones Laborales de los trabajadores de Banca Jover, conforme a las negociaciones que se han venido manteniendo.<\/p>\n<p>Que como complemento del mismo, tambi\u00e9n han acordado los siguientes aspectos:<\/p>\n<p>Primero.-        De forma excepcional a las personas que se incorporen a Caja Madrid procedentes de Banca Jover se les reconocer\u00e1 la fecha de ingreso en dicho banco a efectos de c\u00f3mputo para los premios de permanencia de 25 y 40 a\u00f1os existentes en Caja Madrid.<\/p>\n<p>Segundo.-      Es previsi\u00f3n de Caja Madrid que a lo largo del pr\u00f3ximo a\u00f1o se produzca la integraci\u00f3n total de todas las personas de Banca Jover en la Caja.<\/p>\n<p>Si a la finalizaci\u00f3n de este per\u00edodo todav\u00eda existiera alg\u00fan empleado en activo de Banca Jover que no se hubieran integrado en Caja Madrid, las partes firmantes del Acuerdo de Homologaci\u00f3n y Equiparaci\u00f3n de Condiciones Laborales de los trabajadores de Banca Jover suscrito con fecha 5 de julio de 1999 se reunir\u00e1n para valorar la situaci\u00f3n y revisar dicha previsi\u00f3n.<\/p>\n<p>Tercero.-         Sin perjuicio de lo establecido en el ep\u00edgrafe 11 del Acuerdo de Homologaci\u00f3n y Equiparaci\u00f3n de Condiciones Laborales de los trabajadores de Banca Jover suscrito con fecha 5 de julio de 1999, para aquellas personas que se incorporen a Caja Madrid previamente a la revisi\u00f3n salarial del Convenio de Banca, Banca Jover se compromete y s\u00f3lo a estos efectos, a realizar la liquidaci\u00f3n y abono de la revisi\u00f3n salarial que establezca dicho Convenio en proporci\u00f3n a los servicios prestados en el Banco durante el per\u00edodo de revisi\u00f3n salarial de que se trate, hasta la fecha de incorporaci\u00f3n en Caja Madrid. <\/p>\n<p>Igualmente, los empleados de Banca Jover en el momento de su incorporaci\u00f3n a Caja Madrid percibir\u00e1n la liquidaci\u00f3n de partes proporcionales reglamentaria a las pagas devengadas en Banca Jover hasta el momento de la citada incorporaci\u00f3n a dicha Entidad.<\/p>\n<p>Cuarto.-           Las personas en situaci\u00f3n de prejubilaci\u00f3n y jubilaci\u00f3n percibir\u00e1n las cuant\u00edas correspondientes al economato laboral de banca, as\u00ed como las cantidades que actualmente perciben en concepto de caja vacaciones. El resto de beneficios sociales quedar\u00e1n sustituidos por los aplicables en Caja Madrid para su personal pasivo.<\/p>\n<p>Y para que as\u00ed conste lo firman todos los presentes en el lugar y fecha arriba indicados.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Caja Madrid: D. Angel C\u00f3rdoba D\u00edaz, D\u00f1a. Marina Mateo Ercilla, D. Agust\u00edn L\u00f3pez del Hierro y D. Carlos Gordo Naveso. Por Banca Jover: D. Josep Masuet Segura. Por la Federaci\u00f3n de Servicios Financieros y Administrativos de CC.OO. y por CC.OO. de Banca Jover: D. Jos\u00e9 Mar\u00eda Mart\u00ednez L\u00f3pez, D. \u00c1ngel Corrales Mart\u00edn, D. Carlos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"advgb_blocks_editor_width":"","advgb_blocks_columns_visual_guide":"","editor_notices":[],"footnotes":""},"categories":[183,199],"tags":[],"class_list":["post-8508","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-acuerdos","category-fusiones"],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.5 - https:\/\/yoast.com\/product\/yoast-seo-wordpress\/ -->\n<title>ACUERDO DE HOMOLOGACI\u00d3N Y EQUIPARACION DE CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE BANCA JOVER - SECTOR FINANCIERO<\/title>\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\/\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"es_ES\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"ACUERDO DE HOMOLOGACI\u00d3N Y EQUIPARACION DE CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE BANCA JOVER - SECTOR FINANCIERO\" \/>\n<meta property=\"og:description\" content=\"Por Caja Madrid: D. Angel C\u00f3rdoba D\u00edaz, D\u00f1a. Marina Mateo Ercilla, D. Agust\u00edn L\u00f3pez del Hierro y D. Carlos Gordo Naveso. Por Banca Jover: D. Josep Masuet Segura. Por la Federaci\u00f3n de Servicios Financieros y Administrativos de CC.OO. y por CC.OO. de Banca Jover: D. Jos\u00e9 Mar\u00eda Mart\u00ednez L\u00f3pez, D. \u00c1ngel Corrales Mart\u00edn, D. Carlos [&hellip;]\" \/>\n<meta property=\"og:url\" content=\"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\/\" \/>\n<meta property=\"og:site_name\" content=\"SECTOR FINANCIERO\" \/>\n<meta property=\"article:published_time\" content=\"1999-07-04T23:01:00+00:00\" \/>\n<meta name=\"author\" content=\"ccooservicios\" \/>\n<meta name=\"twitter:card\" content=\"summary_large_image\" \/>\n<meta name=\"twitter:label1\" content=\"Escrito por\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data1\" content=\"ccooservicios\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:label2\" content=\"Tiempo de lectura\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data2\" content=\"20 minutos\" \/>\n<script type=\"application\/ld+json\" class=\"yoast-schema-graph\">{\"@context\":\"https:\\\/\\\/schema.org\",\"@graph\":[{\"@type\":\"Article\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\\\/#article\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\\\/\"},\"author\":{\"name\":\"ccooservicios\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#\\\/schema\\\/person\\\/b322f557c0929329bcc6173f29a18b3b\"},\"headline\":\"ACUERDO DE HOMOLOGACI\u00d3N Y EQUIPARACION DE CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE BANCA JOVER\",\"datePublished\":\"1999-07-04T23:01:00+00:00\",\"mainEntityOfPage\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\\\/\"},\"wordCount\":3947,\"publisher\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#organization\"},\"articleSection\":[\"Acuerdos\",\"Fusiones\"],\"inLanguage\":\"es\"},{\"@type\":\"WebPage\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\\\/\",\"url\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\\\/\",\"name\":\"ACUERDO DE HOMOLOGACI\u00d3N Y EQUIPARACION DE CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE BANCA JOVER - SECTOR FINANCIERO\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#website\"},\"datePublished\":\"1999-07-04T23:01:00+00:00\",\"breadcrumb\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\\\/#breadcrumb\"},\"inLanguage\":\"es\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"ReadAction\",\"target\":[\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\\\/\"]}]},{\"@type\":\"BreadcrumbList\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/zona\\\/estatales\\\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\\\/#breadcrumb\",\"itemListElement\":[{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":1,\"name\":\"Inicio\",\"item\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/\"},{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":2,\"name\":\"Zona\",\"item\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/categoria\\\/zona\\\/\"},{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":3,\"name\":\"Estatales\",\"item\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/categoria\\\/zona\\\/estatales\\\/\"},{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":4,\"name\":\"ACUERDO DE HOMOLOGACI\u00d3N Y EQUIPARACION DE CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE BANCA JOVER\"}]},{\"@type\":\"WebSite\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#website\",\"url\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/\",\"name\":\"SECTOR FINANCIERO\",\"description\":\"\",\"publisher\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#organization\"},\"potentialAction\":[{\"@type\":\"SearchAction\",\"target\":{\"@type\":\"EntryPoint\",\"urlTemplate\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/?s={search_term_string}\"},\"query-input\":{\"@type\":\"PropertyValueSpecification\",\"valueRequired\":true,\"valueName\":\"search_term_string\"}}],\"inLanguage\":\"es\"},{\"@type\":\"Organization\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#organization\",\"name\":\"SECTOR FINANCIERO\",\"url\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/\",\"logo\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#\\\/schema\\\/logo\\\/image\\\/\",\"url\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/wp-content\\\/uploads\\\/sites\\\/16\\\/2025\\\/06\\\/Logo-CCOO-s_financiero_alta-scaled.avif\",\"contentUrl\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/wp-content\\\/uploads\\\/sites\\\/16\\\/2025\\\/06\\\/Logo-CCOO-s_financiero_alta-scaled.avif\",\"width\":2560,\"height\":422,\"caption\":\"SECTOR FINANCIERO\"},\"image\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#\\\/schema\\\/logo\\\/image\\\/\"}},{\"@type\":\"Person\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/#\\\/schema\\\/person\\\/b322f557c0929329bcc6173f29a18b3b\",\"name\":\"ccooservicios\",\"image\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/66f7f24ed9a1b1a5f859b7c6d2e78a2eea714efe8b665a80b745cebee214503d?s=96&d=mm&r=g\",\"url\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/66f7f24ed9a1b1a5f859b7c6d2e78a2eea714efe8b665a80b745cebee214503d?s=96&d=mm&r=g\",\"contentUrl\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/66f7f24ed9a1b1a5f859b7c6d2e78a2eea714efe8b665a80b745cebee214503d?s=96&d=mm&r=g\",\"caption\":\"ccooservicios\"},\"sameAs\":[\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\"],\"url\":\"https:\\\/\\\/www.ccooservicios.es\\\/sectorfinanciero\\\/author\\\/ccooservicios\\\/\"}]}<\/script>\n<!-- \/ Yoast SEO plugin. -->","yoast_head_json":{"title":"ACUERDO DE HOMOLOGACI\u00d3N Y EQUIPARACION DE CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE BANCA JOVER - SECTOR FINANCIERO","robots":{"index":"index","follow":"follow","max-snippet":"max-snippet:-1","max-image-preview":"max-image-preview:large","max-video-preview":"max-video-preview:-1"},"canonical":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\/","og_locale":"es_ES","og_type":"article","og_title":"ACUERDO DE HOMOLOGACI\u00d3N Y EQUIPARACION DE CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE BANCA JOVER - SECTOR FINANCIERO","og_description":"Por Caja Madrid: D. Angel C\u00f3rdoba D\u00edaz, D\u00f1a. Marina Mateo Ercilla, D. Agust\u00edn L\u00f3pez del Hierro y D. Carlos Gordo Naveso. Por Banca Jover: D. Josep Masuet Segura. Por la Federaci\u00f3n de Servicios Financieros y Administrativos de CC.OO. y por CC.OO. de Banca Jover: D. Jos\u00e9 Mar\u00eda Mart\u00ednez L\u00f3pez, D. \u00c1ngel Corrales Mart\u00edn, D. Carlos [&hellip;]","og_url":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\/","og_site_name":"SECTOR FINANCIERO","article_published_time":"1999-07-04T23:01:00+00:00","author":"ccooservicios","twitter_card":"summary_large_image","twitter_misc":{"Escrito por":"ccooservicios","Tiempo de lectura":"20 minutos"},"schema":{"@context":"https:\/\/schema.org","@graph":[{"@type":"Article","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\/#article","isPartOf":{"@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\/"},"author":{"name":"ccooservicios","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#\/schema\/person\/b322f557c0929329bcc6173f29a18b3b"},"headline":"ACUERDO DE HOMOLOGACI\u00d3N Y EQUIPARACION DE CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE BANCA JOVER","datePublished":"1999-07-04T23:01:00+00:00","mainEntityOfPage":{"@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\/"},"wordCount":3947,"publisher":{"@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#organization"},"articleSection":["Acuerdos","Fusiones"],"inLanguage":"es"},{"@type":"WebPage","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\/","url":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\/","name":"ACUERDO DE HOMOLOGACI\u00d3N Y EQUIPARACION DE CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE BANCA JOVER - SECTOR FINANCIERO","isPartOf":{"@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#website"},"datePublished":"1999-07-04T23:01:00+00:00","breadcrumb":{"@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\/#breadcrumb"},"inLanguage":"es","potentialAction":[{"@type":"ReadAction","target":["https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\/"]}]},{"@type":"BreadcrumbList","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/zona\/estatales\/acuerdo-de-homologacion-y-equiparacion-de-condiciones-laborales-de-los-trabajadores-de-banca-jover\/#breadcrumb","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"name":"Inicio","item":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/"},{"@type":"ListItem","position":2,"name":"Zona","item":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/categoria\/zona\/"},{"@type":"ListItem","position":3,"name":"Estatales","item":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/categoria\/zona\/estatales\/"},{"@type":"ListItem","position":4,"name":"ACUERDO DE HOMOLOGACI\u00d3N Y EQUIPARACION DE CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE BANCA JOVER"}]},{"@type":"WebSite","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#website","url":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/","name":"SECTOR FINANCIERO","description":"","publisher":{"@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#organization"},"potentialAction":[{"@type":"SearchAction","target":{"@type":"EntryPoint","urlTemplate":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/?s={search_term_string}"},"query-input":{"@type":"PropertyValueSpecification","valueRequired":true,"valueName":"search_term_string"}}],"inLanguage":"es"},{"@type":"Organization","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#organization","name":"SECTOR FINANCIERO","url":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/","logo":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#\/schema\/logo\/image\/","url":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-content\/uploads\/sites\/16\/2025\/06\/Logo-CCOO-s_financiero_alta-scaled.avif","contentUrl":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-content\/uploads\/sites\/16\/2025\/06\/Logo-CCOO-s_financiero_alta-scaled.avif","width":2560,"height":422,"caption":"SECTOR FINANCIERO"},"image":{"@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#\/schema\/logo\/image\/"}},{"@type":"Person","@id":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/#\/schema\/person\/b322f557c0929329bcc6173f29a18b3b","name":"ccooservicios","image":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/66f7f24ed9a1b1a5f859b7c6d2e78a2eea714efe8b665a80b745cebee214503d?s=96&d=mm&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/66f7f24ed9a1b1a5f859b7c6d2e78a2eea714efe8b665a80b745cebee214503d?s=96&d=mm&r=g","contentUrl":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/66f7f24ed9a1b1a5f859b7c6d2e78a2eea714efe8b665a80b745cebee214503d?s=96&d=mm&r=g","caption":"ccooservicios"},"sameAs":["https:\/\/www.ccooservicios.es"],"url":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/author\/ccooservicios\/"}]}},"author_meta":{"display_name":"ccooservicios","author_link":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/author\/ccooservicios\/"},"featured_img":null,"coauthors":[],"tax_additional":{"categories":{"linked":["<a href=\"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/categoria\/acuerdos\/\" class=\"advgb-post-tax-term\">Acuerdos<\/a>","<a href=\"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/categoria\/fusiones\/\" class=\"advgb-post-tax-term\">Fusiones<\/a>"],"unlinked":["<span class=\"advgb-post-tax-term\">Acuerdos<\/span>","<span class=\"advgb-post-tax-term\">Fusiones<\/span>"]}},"comment_count":"0","relative_dates":{"created":"Publicado 27 a\u00f1os hace","modified":"Actualizado 27 a\u00f1os hace"},"absolute_dates":{"created":"Publicado el 5 de julio de 1999","modified":"Actualizado el 5 de julio de 1999"},"absolute_dates_time":{"created":"Publicado el 5 de julio de 1999 01:01","modified":"Actualizado el 5 de julio de 1999 01:01"},"featured_img_caption":"","series_order":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8508","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8508"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8508\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8508"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8508"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/sectorfinanciero\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8508"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}