{"id":16766,"date":"2001-12-13T09:29:30","date_gmt":"2001-12-13T08:29:30","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/andalucia\/2001\/12\/13\/acuerdo-cc-oo-psoe-iu-de-13-12-2001\/"},"modified":"2001-12-13T09:29:30","modified_gmt":"2001-12-13T08:29:30","slug":"acuerdo-cc-oo-psoe-iu-de-13-12-2001","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ccooservicios.es\/andalucia\/2001\/12\/13\/acuerdo-cc-oo-psoe-iu-de-13-12-2001\/","title":{"rendered":"ACUERDO CC.OO.-PSOE-IU DE 13-12-2001"},"content":{"rendered":"<p>El presente acuerdo responde a un proyecto de Caja de Ahorros basado en un modelo de gesti\u00f3n profesionalizada, imprescindible para mantener la estabilidad de esta Instituci\u00f3n y alejada de cualquier inter\u00e9s ajeno al de la propia Entidad, de forma que quede garantizado el cumplimiento de la importante funci\u00f3n social que legalmente tiene encomendada.<\/p>\n<p>En Sevilla, a 14 de diciembre de 2001, <\/p>\n<p>REUNIDOS:<\/p>\n<p>D\u00f1a. Mar\u00eda del Mar Moreno Ruiz y D. Luis Pizarro Medina, Vicesecretaria General y Secretario de Organizaci\u00f3n del Partido Socialista Obrero Espa\u00f1ol- Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p>D. Diego Valderas Sosa y D. Willy Meyer Pleite, Coordinador General y Coordinador Institucional de I.U.-L.V.-C.A.<\/p>\n<p>D. Javier Rosaleny Navarro y D. Jos\u00e9 Lu\u00eds Almeida G\u00f3mez, Secretario General de COMFIA-CC.OO. Andaluc\u00eda y Secretario General de la Agrupaci\u00f3n de Ahorro de COMFIA-CC.OO. Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p>Todos los intervinientes act\u00faan en nombre y representaci\u00f3n de sus respectivas organizaciones. <\/p>\n<p>ACUERDAN suscribir el presente documento, con motivo de la renovaci\u00f3n de los Organos de Gobierno de ambas Entidades, el cual recoge los criterios y compromisos comunes que regir\u00e1n la actuaci\u00f3n de las representaciones firmantes en los Organos de Gobierno de ambas Entidades, a partir del pr\u00f3ximo 17 de diciembre de 2001, fecha de inicio para el c\u00f3mputo de cualquier plazo mencionado a lo largo del presente texto.<\/p>\n<p>Al suscribirse un cuerpo com\u00fan de criterios de actuaci\u00f3n aplicable tanto en una como en otra caja, las referencias a \u00abla Entidad\u00bb o \u00abla Caja\u00bb deber\u00e1n entenderse realizadas tanto a El Monte como a Caja San Fernando, salvo en aquellos aspectos en los que espec\u00edficamente se indique una de ellas. <\/p>\n<p>Inter\u00e9s general y defensa de la naturaleza jur\u00eddica de la Entidad.<\/p>\n<p>Proyecto de Caja de Ahorros<\/p>\n<p>El presente acuerdo responde a un proyecto de Caja de Ahorros basado en un modelo de gesti\u00f3n profesionalizada, imprescindible para mantener la estabilidad de esta Instituci\u00f3n y alejada de cualquier inter\u00e9s ajeno al de la propia Entidad, de forma que quede garantizado el cumplimiento de la importante funci\u00f3n social que legalmente tiene encomendada.<\/p>\n<p>Este proyecto est\u00e1 orientado \u00fanicamente al inter\u00e9s general de la Entidad, para su eficaz gesti\u00f3n y el cumplimiento de su fin social, por lo que est\u00e1 abierto a la participaci\u00f3n en el mismo de los restantes colectivos o personas que integran los Organos de Gobierno.<\/p>\n<p>Las organizaciones firmantes comparten, asimismo, la importancia de serenar la pol\u00e9mica p\u00fablica en la que se han visto inmersas las Cajas de Ahorros que son objeto del presente acuerdo. Con este objetivo, y junto a la vocaci\u00f3n de apertura antes mencionada, las organizaciones firmantes contribuir\u00e1n a la normalizaci\u00f3n de la proyecci\u00f3n p\u00fablica de ambas Entidades, comprometi\u00e9ndose a evitar pol\u00e9micas innecesarias que puedan da\u00f1ar la imagen de la Entidad. <\/p>\n<p>Defensa de la naturaleza jur\u00eddica de las Cajas de Ahorros<\/p>\n<p>Las organizaciones firmantes asumen el compromiso p\u00fablico de defensa de la actual naturaleza jur\u00eddica de las Cajas de Ahorros, por lo que se opondr\u00e1n a cualquier f\u00f3rmula de modificaci\u00f3n, total o parcial, de la misma. Esta menci\u00f3n se refiere a f\u00f3rmulas, directas o indirectas, de entrada de capital privado en la propiedad de las Cajas, o como mecanismo de captaci\u00f3n de recursos que puedan afectar al control de su gesti\u00f3n. A tal fin, las partes consensuar\u00e1n una Declaraci\u00f3n en defensa de la naturaleza jur\u00eddica de las cajas, comprometi\u00e9ndose a su presentaci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>Igualmente, las organizaciones firmantes impulsar\u00e1n la efectividad de la Declaraci\u00f3n mediante su aprobaci\u00f3n como acuerdo de resoluci\u00f3n en el Consejo de Administraci\u00f3n de la Entidad, en su primera sesi\u00f3n ordinaria. Del acuerdo adoptado se dar\u00e1 traslado para su ratificaci\u00f3n, mediante intervenci\u00f3n explicativa del Presidente, ante la primera Asamblea General ordinaria o extraordinaria que se celebre.<\/p>\n<p>El compromiso de las organizaciones firmantes en defensa de la naturaleza jur\u00eddica de las Cajas no se agota, no obstante, con las actuaciones anteriores. Por el contrario, nace con la vocaci\u00f3n de compromiso estable, lo que ser\u00e1 observado por las organizaciones firmantes, en particular en sus declaraciones p\u00fablicas. <\/p>\n<p>Gesti\u00f3n de la Entidad.-<\/p>\n<p>Pol\u00edtica de empresas participadas.<\/p>\n<p>La Entidad orientar\u00e1 sus l\u00edneas de actuaci\u00f3n en materia de empresas participadas, bien a la diversificaci\u00f3n del negocio, buscando una adecuada rentabilidad y posicionamiento en sectores estrat\u00e9gicos, bien a contribuir al desarrollo econ\u00f3mico y social, mediante el apoyo a sectores productivos y la generaci\u00f3n de empleo en aquellas zonas que necesitan de estas medidas.<\/p>\n<p>En la l\u00ednea de las recomendaciones del Banco de Espa\u00f1a sobre control de empresas participadas, existir\u00e1 una dotaci\u00f3n espec\u00edfica y con los medios suficientes de la auditor\u00eda interna, debiendo la auditor\u00eda rendir en \u00faltima instancia los informes y trabajos realizados ante la Comisi\u00f3n Ejecutiva, el Consejo de Administraci\u00f3n y la Comisi\u00f3n de Control.<\/p>\n<p>La Entidad, salvo las participadas de \u00abcapital-riesgo\u00bb o las establecidas dentro de las actuaciones oficiales en materia de fomento de empleo o creaci\u00f3n de empresas en zonas necesitadas, o aquellas participaciones que de forma expresa por su repercusi\u00f3n social o su compromiso con el desarrollo econ\u00f3mico del entorno se determinen por los Organos de Gobierno, acometer\u00e1 un plan de desinversi\u00f3n paulatino del volumen de su cartera de participadas, en un plazo m\u00e1ximo de los pr\u00f3ximos 3 a\u00f1os. Dicho plan habr\u00e1 de ser sometido a la Comisi\u00f3n Ejecutiva, aprobado por el Consejo de Administraci\u00f3n y puesto en conocimiento de la Comisi\u00f3n de Control en el plazo m\u00e1ximo de seis meses.<\/p>\n<p>En el sector inmobiliario y de la construcci\u00f3n, la Entidad no podr\u00e1 participar con car\u00e1cter general en volumen de inversi\u00f3n en capital superior al actual, siendo necesario en principio para acometer nuevas participaciones la desinversi\u00f3n del volumen de inversi\u00f3n equivalente en otras empresas.<\/p>\n<p>Cualquier participaci\u00f3n, incluida la ampliaci\u00f3n de participaci\u00f3n en las empresas de la actual cartera, requerir\u00e1 de los restantes socios los adecuados requisitos de solvencia y elementos patrimoniales libres de carga equivalentes, al menos, a su porcentaje de participaci\u00f3n en la empresa, lo que ser\u00e1 valorado por peritaci\u00f3n independiente que se trasladar\u00e1 a la Comisi\u00f3n Ejecutiva, Consejo de Administraci\u00f3n y Comisi\u00f3n de Control para su verificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El seguimiento de la evoluci\u00f3n de las empresas participadas, el control del porcentaje sobre los recursos propios, la aprobaci\u00f3n de la constituci\u00f3n de otras nuevas o ampliaciones de capital, as\u00ed como la concesi\u00f3n de operaciones crediticias, ser\u00e1n efectuados con car\u00e1cter permanente por la Comisi\u00f3n Ejecutiva del Consejo de Administraci\u00f3n, dentro de las competencias y facultades asignadas por \u00e9ste y por los Estatutos de la Entidad. Cuando excepcionalmente, por raz\u00f3n de urgencia, ello no sea posible, habr\u00e1 de someterse a ratificaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Ejecutiva la decisi\u00f3n adoptada.<\/p>\n<p>Todas aquellas cuestiones o decisiones que por su naturaleza afecten a puedan afectar a la situaci\u00f3n patrimonial de la Caja, a sus resultados, imagen o fin social, habr\u00e1n de someterse por parte de la Direcci\u00f3n de la Entidad a la Comisi\u00f3n Ejecutiva, con car\u00e1cter previo a la toma de posici\u00f3n en el Organo de Administraci\u00f3n de la empresa participada correspondiente.<\/p>\n<p>Los miembros de los Organos de Gobierno de la Entidad formar\u00e1n parte de los Organos de administraci\u00f3n de las empresas participadas por la Caja en representaci\u00f3n de la misma, percibiendo por su asistencia a los mismos seg\u00fan lo previsto legalmente las dietas por asistencia y desplazamiento fijadas con car\u00e1cter general para los Organos de Gobierno de la Entidad, a la que deber\u00e1 reembolsar las cantidades que puedan percibir como consecuencia de su ejercicio en lo que exceda de dicho importe.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n con el punto anterior, en los Organos de Administraci\u00f3n de las empresas en las que Entidad ostente una participaci\u00f3n (directa o indirecta) de al menos el 50% de su capital social estar\u00e1n representados todos los grupos presentes en los \u00d3rganos de Gobierno con un representante, salvo imposibilidad material por el n\u00famero de miembros del \u00d3rgano de Administraci\u00f3n de la empresa en cuesti\u00f3n. En todo caso deber\u00e1 cumplirse en aquellas empresas participadas configuradas como matrices (es decir, que participen a su vez en dos o m\u00e1s empresas), aunque ello suponga la adaptaci\u00f3n del n\u00famero de sus \u00d3rganos de Administraci\u00f3n. En el resto de Empresas Participadas, se podr\u00e1 nombrar al menos un representante de los Organos de Gobierno de la Entidad, con expresi\u00f3n equilibrada de los diferentes grupos de representaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cada grupo de representaci\u00f3n nombrar\u00e1 a sus representantes en los Organos de administraci\u00f3n de las empresas participadas de entre los Consejeros Generales y miembros del Consejo que no tengan esta condici\u00f3n, teniendo en cuenta la pluralidad de cada grupo de representaci\u00f3n.<\/p>\n<p>L\u00edneas de actuaci\u00f3n enfocadas a los clientes de la Entidad.<\/p>\n<p>En coherencia con los principios que las partes entienden deben inspirar la gesti\u00f3n diaria de las cajas, y atendiendo de forma particular a las necesidades financieras de los clientes, cuya satisfacci\u00f3n forma parte de los fines de estas instituciones, las partes firmantes impulsaran las siguientes medidas en el seno de los Organos de Gobierno de las cajas, sin que las mismas sean excluyentes de otros aspectos de gesti\u00f3n que, a fin de optimizar la competitividad y calidad de los productos y servicios que se ofrezcan a los clientes, puedan adoptarse por parte de los Organos de Gobierno o Direcci\u00f3n de las Entidades:<\/p>\n<p>Promoci\u00f3n de un Acuerdo de Colaboraci\u00f3n en el seno de la F.A.C.A.:<\/p>\n<p>Apertura de un marco de negociaci\u00f3n, en el seno de la Federaci\u00f3n Andaluza de Cajas de Ahorros (F.A.C.A.), al objeto de propiciar un Acuerdo de Colaboraci\u00f3n en materia de servicios al cliente que contemple la exenci\u00f3n de comisiones por operaciones habituales (reintegros en cajeros autom\u00e1ticos, transferencias, ingresos de cheques, etc.) efectuadas entre las Entidades integrantes de la F.A.C.A.<\/p>\n<p>\u00abPremio de fidelidad\u00bb:<\/p>\n<p>Reducci\u00f3n de las comisiones por operaciones habituales, mediante el establecimiento de una relaci\u00f3n inversa entre las comisiones que se repercuten al cliente y el grado de fidelizaci\u00f3n del mismo. A tal fin se requerir\u00eda a la Direcci\u00f3n de la Caja una propuesta comercial con estos criterios, previos estudios econ\u00f3mico y de mercado.<\/p>\n<p>Condiciones de cr\u00e9ditos para PYMES y aut\u00f3nomos:<\/p>\n<p>Flexibilizaci\u00f3n de las condiciones de acceso y tipos de inter\u00e9s de los cr\u00e9ditos que precisan las peque\u00f1as y medianas empresas y los aut\u00f3nomos para su actividad, muy en especial mediante l\u00edneas de financiaci\u00f3n con tipos preferentes dirigidas a primera actividad empresarial, instalaci\u00f3n de equipamientos sociales y proyectos de valor ecol\u00f3gico.<\/p>\n<p>Condiciones especiales de pr\u00e9stamos hipotecarios:<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n de tipos inferiores para adquisici\u00f3n de primera vivienda, mediante una l\u00ednea de financiaci\u00f3n espec\u00edfica dirigida a clientes menores de 35 a\u00f1os. Especial atenci\u00f3n e implicaci\u00f3n en la financiaci\u00f3n de V.P.O. y cooperativas de viviendas sociales, considerando a este \u00faltimo sector como clientes preferenciales de la caja, siempre que reunan las debidas garant\u00edas y solvencia.<\/p>\n<p>Promoci\u00f3n del uso de Internet y Banca Electr\u00f3nica:<\/p>\n<p>Financiaci\u00f3n de la adquisici\u00f3n de los PCs que comercialicen empresas del Grupo mediante pr\u00e9stamos a tipo de inter\u00e9s cero. Como promoci\u00f3n de los servicios de banca electr\u00f3nica (los denominados \u00abMontev\u00eda\u00bb y \u00abV\u00eda Util\u00bb), puesta a disposici\u00f3n de los clientes que lo contraten de cursos gratuitos en formato no presencial y sistemas de tutor\u00eda para utilizaci\u00f3n de Internet y del servicio contratado.<\/p>\n<p>Calidad de servicio a los clientes:<\/p>\n<p>Adecuada dotaci\u00f3n de personal en las oficinas, en particular los d\u00edas de mayor afluencia de p\u00fablico. En la medida de lo posible, estabilidad de las plantillas de las oficinas.<\/p>\n<p>Potenciaci\u00f3n de programas de mejora de la calidad, incluyendo en los mismos un concurso anual de ideas entre los clientes, acerca de sugerencias para mejorar el funcionamiento y servicio de la Caja.<\/p>\n<p>Informaci\u00f3n a los clientes:<\/p>\n<p>Previo estudio de las adecuaciones de la base de datos precisas, segmentaci\u00f3n de la oferta de productos y servicios, en base a los datos socioecon\u00f3micos disponibles de la base de datos de clientes, y realizaci\u00f3n de ofertas personalizadas en base a dicho an\u00e1lisis.<\/p>\n<p>Env\u00edo de un cat\u00e1logo-resumen peri\u00f3dico de productos y servicios de la Caja, con especial indicaci\u00f3n de las nuevas ofertas.<\/p>\n<p>Env\u00edo de una estad\u00edstica semestral de los gastos e ingresos que el cliente tenga domiciliados en sus cuentas, con resumen de los mismos, previo estudio de las adecuaciones de la base de datos precisas.<\/p>\n<p>Defensor del cliente:<\/p>\n<p>Potenciaci\u00f3n, en el seno de la Entidad, de la figura del Defensor del Cliente, cuyo objetivo ser\u00e1 la protecci\u00f3n de los derechos e intereses leg\u00edtimos de los clientes en sus relaciones con la Caja. En el cumplimiento de dicho objetivo le corresponder\u00e1n, entre otras, las siguiente funciones: gestionar las reclamaciones que los clientes formulen en relaci\u00f3n con operaciones o servicios de car\u00e1cter financiero; proponer al Consejo de Administraci\u00f3n la adopci\u00f3n de medidas tendentes a mejorar las relaciones entre la Entidad y sus clientes; y servir como cauce de comunicaci\u00f3n entre los Consejeros Generales por los Impositores y los clientes de la caja.<\/p>\n<p>El Defensor del Cliente ser\u00e1 designado por el Consejo de Administraci\u00f3n de entre una terna de empleados de la Caja que proponga el Director General. El Consejo de Administraci\u00f3n establecer\u00e1 el c\u00f3digo de funcionamiento del Defensor del cliente. <\/p>\n<p>Obra Social.<\/p>\n<p>Las partes firmantes coinciden en la importancia de la Obra Social que deben realizar El Monte y Caja San Fernando, tanto por representar la proyecci\u00f3n de su compromiso con el desarrollo econ\u00f3mico y social de Andaluc\u00eda y resto de zonas de implantaci\u00f3n, como por ser uno de los aspectos determinantes para el cumplimiento del fin social de las cajas. En este sentido, las partes firmantes impulsar\u00e1n las siguientes l\u00edneas de actuaci\u00f3n en materia de Obra Social: <\/p>\n<p>Importe de la dotaci\u00f3n a Obra Social<\/p>\n<p>Destino a Obra Social de un m\u00ednimo del 30% de los beneficios netos de la Entidad del ejercicio anterior.<\/p>\n<p>Aumento de dicho porcentaje en tanto que el margen de solvencia de la Caja, incluyendo las Reservas que se doten con cargo a los beneficios del ejercicio anterior, exceda en cinco puntos el exigido en cada momento por el Banco de Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>El porcentaje destinado podr\u00e1 ser inferior al 30%, si el margen de solvencia de la Caja, incluyendo las Reservas que se doten con cargo a los beneficios del ejercicio anterior, fuese inferior al exigido en cada momento por el Banco de Espa\u00f1a m\u00e1s dos puntos. Este porcentaje no podr\u00e1 ser inferior al 25%, salvo que sea imprescindible por exigencia del Banco de Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>Criterios de distribuci\u00f3n del Presupuesto de la Obra Social<\/p>\n<p>Equilibrio territorial: Distribuci\u00f3n equilibrada entre todas las zonas de implantaci\u00f3n de la Caja, procurando que las actuaciones de la Obra Social generen un valor social en el m\u00e1s amplio \u00e1mbito territorial posible.<\/p>\n<p>Equilibrio presupuestario: Reparto equilibrado del presupuesto de Obra Social entre las l\u00edneas de actuaci\u00f3n que a continuaci\u00f3n se enuncian, procurando a tal efecto que ninguna de ellas suponga m\u00e1s del 30% del presupuesto total de la Obra Social.<\/p>\n<p>Fondo de Reserva: Destino de al menos un 5% del Presupuesto total de la Obra Social a la creaci\u00f3n de un Fondo de Reserva que permita mantener el nivel de actuaciones los ejercicios en que el porcentaje destinado fuese inferior al 30% en base a lo indicado en el apartado 1.3 anterior.<\/p>\n<p>Rentabilidad social: Para el establecimiento de las prioridades y la selecci\u00f3n de las actuaciones en materia de Obra Social, se considerar\u00e1 como elemento fundamental y determinante la constataci\u00f3n del efecto social que procura cada actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Car\u00e1cter finalista: Las inversiones en Obra Social se efectuar\u00e1n, salvo excepciones fundadas, con un car\u00e1cter finalista y que no suponga un compromiso indefinido de una parte del presupuesto para el mantenimiento de una actuaci\u00f3n concreta.<\/p>\n<p>L\u00edneas prioritarias de actuaci\u00f3n de la Obra Social<\/p>\n<p>Las l\u00edneas prioritarias de actuaci\u00f3n de la Obra Social, a t\u00edtulo orientativo y no restrictivo, en consonancia con las principios generales establecidos por la Ley de Cajas de Ahorros de Andaluc\u00eda, ser\u00e1n las que se enumeran a continuaci\u00f3n, en orden prioritario: <\/p>\n<p>Fomento del Empleo: atenci\u00f3n a colectivos con desventaja social en el acceso al empleo, programas de emprendedores, aut\u00f3nomos y pymes, apoyo a los j\u00f3venes parra su inserci\u00f3n laboral, apoyo al autoempleo, formaci\u00f3n de expertos para econom\u00eda social, &#8230;<\/p>\n<p>Investigaci\u00f3n y Educaci\u00f3n: Apoyo a proyectos de investigaci\u00f3n y experimentaci\u00f3n en diversos \u00e1mbitos (m\u00e9dico, industrial, agroalimentario, medioambiental, educativo, etc.), programa de bibliotecas y centros multimedia, &#8230;<\/p>\n<p>Econom\u00eda Social: apoyo a la formaci\u00f3n profesional y adaptaci\u00f3n laboral de discapacitados, ayudas a cooperativas y sociedades laborales destinadas espec\u00edficamente a la creaci\u00f3n de empleo, &#8230;<\/p>\n<p>Medio Ambiente: apoyo a la conservaci\u00f3n de zonas de importancia ecol\u00f3gica y mejora de zonas degradadas, fomento de la agricultura ecol\u00f3gica, &#8230;<\/p>\n<p>Acci\u00f3n positiva: Apoyo de medidas de discriminaci\u00f3n positiva a favor de la mujer, ayudas para la formaci\u00f3n e integraci\u00f3n en el mercado de trabajo, &#8230;<\/p>\n<p>Nuevas tecnolog\u00edas: apoyo desarrollo tecnol\u00f3gico, extensi\u00f3n del uso de Internet y nuevas tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n, &#8230;<\/p>\n<p>Acci\u00f3n Social y Salud: colaboraci\u00f3n con centros de atenci\u00f3n y ocio de personas mayores y discapacitados, ayuda a menores discapacitados, marginados o enfermos cr\u00f3nicos, apoyo a programas de reinserci\u00f3n social, campa\u00f1as preventivas, apoyo a programas de atenci\u00f3n psicol\u00f3gica para enfermos cr\u00f3nicos, &#8230;<\/p>\n<p>Cultura y Tiempo Libre: Actos culturales, colaboraciones, apoyo al deporte de base, conservaci\u00f3n del patrimonio hist\u00f3rico-art\u00edstico,&#8230;<\/p>\n<p>Destino del 0,7% de los beneficios a Proyectos para la cooperaci\u00f3n al desarrollo en pa\u00edses del tercer mundo<\/p>\n<p>Establecimiento como acuerdo permanente de los Organos de Gobierno, y no incluido dentro del Presupuesto de la Obra Social, del destino del 0,7% de los beneficios netos a proyectos para la cooperaci\u00f3n al desarrollo en pa\u00edses del tercer mundo. La gesti\u00f3n espec\u00edfica de esta partida se gestionar\u00e1 bajo los principios de transparencia, publicidad y universalidad tanto en lo referente a las convocatorias, como en cuanto a la evaluaci\u00f3n, aprobaci\u00f3n y control de los proyectos presentados.<\/p>\n<p>Gesti\u00f3n de la Obra Social<\/p>\n<p>Establecimiento por parte de la Asamblea General de las l\u00edneas generales de actuaci\u00f3n de la Obra Social para cada ejercicio, tanto de la gestionada por la Fundaci\u00f3n creada al efecto como la gestionada directamente por la Caja.<\/p>\n<p>Creaci\u00f3n, en el seno del Consejo de Administraci\u00f3n, de una Comisi\u00f3n Permanente de Obra Social, integrada por al menos un representante de cada uno de los grupos de representaci\u00f3n, nombrado de entre los Consejeros Generales y miembros del Consejo que no tengan esta condici\u00f3n. Esta Comisi\u00f3n velar\u00e1 por el seguimiento de la gesti\u00f3n del presupuesto de la Obra Social, seg\u00fan las directrices de la Asamblea General, y dar\u00e1 cuentas al Consejo de Administraci\u00f3n acerca de su desempe\u00f1o. La Comisi\u00f3n podr\u00e1 crear subcomisiones espec\u00edficas para el seguimiento y gesti\u00f3n de determinadas l\u00edneas de actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Como desarrollo del presente documento, las partes consensuar\u00e1n la regulaci\u00f3n del procedimiento de designaci\u00f3n de Patronos de la Fundaci\u00f3n, aplicable en la Fundaci\u00f3n El Monte, y en Caja San Fernando si se constituyese Fundaci\u00f3n. Los integrantes de la Comisi\u00f3n Permanente de Obra Social antes mencionada formar\u00e1n parte de la Comisi\u00f3n de Gobierno del Patronato de la Fundaci\u00f3n de la Caja.<\/p>\n<p>Organos de Gobierno.<\/p>\n<p>Nombramiento de cargos.<\/p>\n<p>Los cargos en el Consejo de Administraci\u00f3n, Comisi\u00f3n de Control y, en el caso de El Monte, Fundaci\u00f3n, que se determinan en los Anexos I y II de presente acuerdo son fruto del consenso entre las partes que lo suscriben. Los cargos de Vicepresidente del Consejo de Administraci\u00f3n y Presidente y Vicepresidente del patronato de la Fundaci\u00f3n, o de su Comisi\u00f3n de Gobierno, no podr\u00e1n ser retribuidos. En el caso de El Monte, los patronos de su Fundaci\u00f3n no pertenecientes al Consejo de Administraci\u00f3n de la Entidad habr\u00e1n de ser previamente consensuados entre las partes firmantes.<\/p>\n<p>Revisi\u00f3n de competencias.<\/p>\n<p>Las partes abordar\u00e1n el estudio y reconsideraci\u00f3n, en su caso, de las competencias delegadas por el Consejo de Administraci\u00f3n en la figura del Presidente y Director General, con la doble finalidad de reforzar las competencias del propio Consejo y que exista consenso en cuestiones b\u00e1sicas a someter al mismo: planes estrat\u00e9gicos, plan anual de actuaci\u00f3n, modificaciones del organigrama, pol\u00edtica de nombramientos, pol\u00edtica de relaciones laborales, etc. Esta revisi\u00f3n se efectuar\u00e1 en el plazo de tres meses, con el fin de confirmarlas o establecer las que regir\u00e1n en el futuro.<\/p>\n<p>Preparaci\u00f3n de las sesiones.<\/p>\n<p>En las sesiones del Consejo de Administraci\u00f3n y Comisi\u00f3n de Control no podr\u00e1n tratarse m\u00e1s asuntos que los previsto en el Orden del D\u00eda de la convocatoria, salvo acuerdo un\u00e1nime de los asistentes a la sesi\u00f3n, en raz\u00f3n de su urgencia. Con car\u00e1cter general, la documentaci\u00f3n relativa a todos los asuntos a someter a los Organos de Gobierno habr\u00e1 de estar a disposici\u00f3n de sus integrantes desde el momento mismo de cursar la convocatoria.<\/p>\n<p>Procedimiento de designaci\u00f3n de OO.GG.<\/p>\n<p>Entre los integrantes del Consejo de Administraci\u00f3n y de la Comisi\u00f3n de Control se formar\u00e1 una Comisi\u00f3n integrada por un representante por cada grupo de representaci\u00f3n y de entre los mismos para la modificaci\u00f3n del procedimiento de designaci\u00f3n de los Organos de Gobierno de la Entidad, en especial de los procesos electorales de los representantes de los impositores, teniendo en cuenta los siguientes principios b\u00e1sicos:<\/p>\n<p>Las competencias de todo el proceso electoral, una vez iniciado por acuerdo del Consejo de Administraci\u00f3n, recaer\u00e1 en la Comisi\u00f3n de Control, constituida al efecto en Comisi\u00f3n electoral.<\/p>\n<p>El sistema electoral de los representantes de los impositores habr\u00e1 de contar con los mecanismos de garant\u00edas y transparencias de los sistemas de elecciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p>Se establecer\u00e1 un proceso sistematizado para la comprobaci\u00f3n por parte de la Comisi\u00f3n de Control del cumplimiento de los requisitos y de los supuestos de incompatibilidades que legalmente se determinan para los miembros de los Organos de Gobierno, as\u00ed como para la verificaci\u00f3n del cumplimiento de los aspectos que recoja el futuro C\u00f3digo de Conducta y Responsabilidad Social.<\/p>\n<p>Estatutos y Reglamento.<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n indicada en el punto anterior ser\u00e1, asimismo, la encargada de efectuar las adaptaciones que fueren necesarias efectuar en los Estatutos y Reglamento de la Entidad para el cumplimiento del contenido \u00edntegro del presente acuerdo. Los trabajos de esta Comisi\u00f3n comenzar\u00e1n a partir de la publicaci\u00f3n del Reglamento de la Ley de Cajas de Andaluc\u00eda, y en todo caso, en fecha no posterior al 1 de junio de 2002. Los trabajos habr\u00e1n de estar concluido en un plazo no superior a seis meses desde la fecha indicada, tras lo que se someter\u00e1 a la aprobaci\u00f3n del Consejo de Administraci\u00f3n, en sesi\u00f3n extraordinaria, las adaptaciones de los Estatutos y Reglamento necesarias y, posteriormente, a la Asamblea General en sesi\u00f3n extraordinaria convocada al efecto.<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n de la Entidad.<\/p>\n<p>Las organizaciones firmantes del presente documento valoran positivamente el principio de estabilidad de los equipos profesionales de las Entidades, y consideran oportuno establecer en esta materia las reglas siguientes:<\/p>\n<p>Cualquier modificaci\u00f3n futura del equipo directivo de la Entidad deber\u00e1 estar basada en hechos objetivos y adoptarse por unanimidad de los representantes de las organizaciones firmantes del presente acuerdo en el Consejo de Administraci\u00f3n, as\u00ed como del resto de representantes en el Consejo de las organizaciones o candidaturas de impositores que se adhiriesen a este acuerdo.<\/p>\n<p>El nombramiento de los puestos de alta direcci\u00f3n correspondientes al Director General o asimilado, los Directores Adjuntos o Gerentes, Subdirectores y Secretario General de la Entidad estar\u00e1 basado en criterios objetivos de preparaci\u00f3n, dedicaci\u00f3n, profesionalidad e independencia, y habr\u00e1 de adoptarse por unanimidad de los representantes de las organizaciones firmantes del presente acuerdo en el Consejo de Administraci\u00f3n, as\u00ed como del resto de representantes en el Consejo de las organizaciones o candidaturas de impositores que se adhiriesen a este acuerdo.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, este nombramiento habr\u00e1 de contar con el voto favorable de los dos tercios de los miembros del Consejo de Administraci\u00f3n presentes o al menos el 50% de los representantes de cada uno de los grupos de representaci\u00f3n en el mismo. Para el resto de nombramientos de personal directivo bastar\u00e1 el voto afirmativo de la mitad m\u00e1s uno de los miembros del Consejo asistentes a la sesi\u00f3n. <\/p>\n<p>Condiciones de trabajo y pol\u00edtica laboral.<\/p>\n<p>Con ocasi\u00f3n de la Fusi\u00f3n iniciada entre Caja San Fernando y El Monte, fue suscrito con fecha 18 de Junio de 2.001 el denominado \u00abAcuerdo Laboral de Fusi\u00f3n entre la Caja Provincial de Ahorros San Fernando de Sevilla y Jerez y el Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla\u00bb (en adelante, A.L.F.), acuerdo laboral que fue aprobado por los respectivos Consejos de Administraci\u00f3n de ambas cajas y que se une como Anexo III al presente Acuerdo.<\/p>\n<p>Las partes firmantes del presente documento consideran que el citado A.L.F. supone una regulaci\u00f3n laboral que refunde e integra el marco de relaciones laborales existentes previamente en cada una de las cajas, mejorando las mismas. En base a ello, las partes firmantes del presente documento se comprometen a impulsar la aplicaci\u00f3n del referido A.L.F. en el \u00e1mbito de cada caja y, en su caso, en el \u00e1mbito de la caja resultante de la fusi\u00f3n de ambas entidades, en los siguientes plazos y condiciones:<\/p>\n<p>Contenidos del A.L.F. de aplicaci\u00f3n con efectos 31\/1\/2002<\/p>\n<p>En El Monte:<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Segundo: Empleo, en cuanto a sus art\u00edculos 10 y 11.2, y Anexo VII.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo S\u00e9ptimo: Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Octavo: Jornada y Horarios, en cuanto a sus art\u00edculos 56, 59, 60 y 61.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Noveno (bis): Salud Laboral, en cuanto a su art\u00edculo 73.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo D\u00e9cimo: Sistemas de Selecci\u00f3n y Promoci\u00f3n de Plantilla.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Und\u00e9cimo: Igualdad de Oportunidades y Anexo I.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Duod\u00e9cimo: Derechos y Garant\u00edas Sindicales y Anexo II.<\/p>\n<p>Para proceder a esta aplicaci\u00f3n, se transcribir\u00e1n \u00edntegramente los contenidos indicados del A.L.F. en un texto de Pacto Laboral suscrito entre la Entidad y al menos el 25% de la representaci\u00f3n sindical, que ser\u00e1 ratificado por el Consejo de Administraci\u00f3n en su primera sesi\u00f3n ordinaria tras la constituyente, y ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n con efectos 31 de Enero de 2.002. A tales efectos, todas las referencias a la nueva caja o la caja resultante de la fusi\u00f3n incluidas en el A.L.F. se considerar\u00e1n realizadas a El Monte.<\/p>\n<p>En Caja San Fernando:<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Segundo: Empleo, en cuanto a sus art\u00edculos 10 y 11.2, y Anexo VI.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo S\u00e9ptimo: Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Octavo: Jornada y Horarios, en cuanto a sus art\u00edculos 55, 56, 59 y 60.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Noveno: Previsi\u00f3n Social Complementaria, en cuanto a su art\u00edculo 64.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Noveno (bis): Salud Laboral, en cuanto a su art\u00edculo 73.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo D\u00e9cimo: Sistemas de Selecci\u00f3n y Promoci\u00f3n de Plantilla.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Und\u00e9cimo: Igualdad de Oportunidades y Anexo I.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Duod\u00e9cimo: Derechos y Garant\u00edas Sindicales y Anexo II.<\/p>\n<p>Para proceder a esta aplicaci\u00f3n, se transcribir\u00e1n \u00edntegramente los contenidos indicados del A.L.F. en un texto de Pacto Laboral suscrito entre la Entidad y al menos el 25% de la representaci\u00f3n sindical, que ser\u00e1 ratificado por el Consejo de Administraci\u00f3n en su primera sesi\u00f3n ordinaria tras la constituyente, y ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n con efectos 31 de Enero de 2.002. A tales efectos, todas las referencias a la nueva caja o la caja resultante de la fusi\u00f3n incluidas en el A.L.F. se considerar\u00e1n realizadas a Caja San Fernando.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n del A.L.F. en caso de Fusi\u00f3n<\/p>\n<p>Tal y como se establece en el apartado VIII del presente Acuerdo, en caso de someterse a los \u00d3rganos de Gobierno un proyecto de fusi\u00f3n entre Caja San Fernando y El Monte, las partes firmantes se comprometen a la inclusi\u00f3n del A.L.F. en dicho proyecto como condici\u00f3n suspensiva de la fusi\u00f3n, y por tanto a su aplicaci\u00f3n en la Entidad resultante.<\/p>\n<p>3. Contenidos del A.L.F. de aplicaci\u00f3n con efectos 1\/1\/2003<\/p>\n<p>En caso de que, llegado el 1 de Enero de 2.003 las Asambleas Generales de El Monte y Caja San Fernando no hubiesen aprobado un proyecto de fusi\u00f3n entre ambas Entidades, se proceder\u00e1 a la aplicaci\u00f3n de los contenidos del A.L.F. que a continuaci\u00f3n se enumeran.<\/p>\n<p>No obstante, si a la fecha rese\u00f1ada el proceso tendente a la fusi\u00f3n estuviese suficientemente avanzado a juicio de las organizaciones firmantes, \u00e9stas podr\u00e1n pactar una fecha posterior para esta aplicaci\u00f3n. <\/p>\n<p>En El Monte:<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Tercero: Retribuciones.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Quinto: Condiciones Sociales<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Sexto: Promoci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para proceder a esta aplicaci\u00f3n, se transcribir\u00e1n \u00edntegramente los contenidos indicados del A.L.F. en un texto de Pacto Laboral suscrito entre la Entidad y al menos el 25% de la representaci\u00f3n sindical, que ser\u00e1 ratificado por el Consejo de Administraci\u00f3n en su primera sesi\u00f3n ordinaria tras la constituyente, y ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n con efectos 1 de Enero de 2.003. A tales efectos, todas las referencias a la nueva caja o la caja resultante de la fusi\u00f3n incluidas en el A.L.F. se considerar\u00e1n realizadas a El Monte.<\/p>\n<p>En Caja San Fernando:<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Tercero: Retribuciones.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Quinto: Condiciones Sociales.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo Sexto: Promoci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para proceder a esta aplicaci\u00f3n, se transcribir\u00e1n \u00edntegramente los contenidos indicados del A.L.F. en un texto de Pacto Laboral suscrito entre la Entidad y al menos el 25% de la representaci\u00f3n sindical, que ser\u00e1 ratificado por el Consejo de Administraci\u00f3n en su primera sesi\u00f3n ordinaria tras la constituyente, y ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n con efectos 1 de Enero de 2.003. A tales efectos, todas las referencias a la nueva caja o la caja resultante de la fusi\u00f3n incluidas en el A.L.F. se considerar\u00e1n realizadas a Caja San Fernando.<\/p>\n<p>Clasificaci\u00f3n Profesional y Carrera Profesional<\/p>\n<p>Apertura en el primer semestre del 2.002 de negociaciones entre la Direcci\u00f3n de la Entidad y los representantes sindicales en materia de Clasificaci\u00f3n Profesional.<\/p>\n<p>En este marco, se abordar\u00eda la creaci\u00f3n de un sistema global de clasificaci\u00f3n profesional y carrera profesional que incluya la clasificaci\u00f3n de oficinas, la objetivaci\u00f3n de los incentivos variables y la clasificaci\u00f3n de servicios centrales.<\/p>\n<p>Las Especificaciones m\u00ednimas del nuevo sistema, en lo referente a clasificaci\u00f3n de oficinas, ser\u00e1n las fijadas en el art\u00edculo 23 del A.L.F.<\/p>\n<p>Otros compromisos en materia laboral<\/p>\n<p>Apertura de negociaciones con los representantes sindicales de la caja tendentes al acuerdo de medidas de arbitraje mediante la adscripci\u00f3n al ASEC (Acuerdo para la Soluci\u00f3n Extrajudicial de Conflictos).<\/p>\n<p>En El Monte, integraci\u00f3n antes del 31.3.2002 del personal adscrito al Convenio Colectivo de la Obra Social en la plantilla del sector financiero de El Monte, en las condiciones que se fijen por acuerdo entre la Entidad y la representaci\u00f3n sindical.<\/p>\n<p>Condiciones de trabajo del Grupo de Empresas<\/p>\n<p>Apertura de negociaciones, durante el primer semestre del a\u00f1o 2.002, entre la Direcci\u00f3n y los representantes sindicales de la Caja al objeto de establecer un marco de relaciones laborales estable y equilibrado en el Grupo de Empresas de la Entidad. Este marco de relaciones laborales comprender\u00e1 necesariamente, y entre otros, los siguientes aspectos:<\/p>\n<p>\u00c1mbito: Como m\u00ednimo, abarcar\u00e1 las empresas del grupo en las que la caja ostente una participaci\u00f3n directa o indirecta superior al 50%. A tal fin, se pondr\u00e1 a disposici\u00f3n de las partes negociadoras toda la documentaci\u00f3n que sea requerida en cuanto a datos de plantilla y condiciones laborales de dichas empresas. <\/p>\n<p>Acuerdo-Marco de Grupo de Empresa que regule las condiciones m\u00ednimas de trabajo de aplicaci\u00f3n a todo el Grupo de Empresas, teniendo en cuenta la especificidad de cada sector, incluyendo de forma espec\u00edfica la definici\u00f3n del marco de relaciones laborales (interlocuci\u00f3n, representatividad, desarrollo LOLS, derechos y garant\u00edas sindicales, etc.), sistemas de selecci\u00f3n, promoci\u00f3n profesional, previsi\u00f3n social complementaria, condiciones sociales, etc.<\/p>\n<p>Pol\u00edtica Laboral en relaci\u00f3n con la gesti\u00f3n de la Caja<\/p>\n<p>Con el objeto de permitir una mejora en las Relaciones Laborales y permitir una mayor identificaci\u00f3n con el proyecto que este acuerdo representa, la pol\u00edtica laboral de la Entidad contemplar\u00e1 las actuaciones siguientes:<\/p>\n<p>Derechos de informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La Direcci\u00f3n facilitar\u00e1 a la representaci\u00f3n de los trabajadores, con las debidas garant\u00edas de confidencialidad, cuantos datos y antecedentes les fueran solicitados en relaci\u00f3n con los planes estrat\u00e9gicos y de actuaci\u00f3n de la Entidad, as\u00ed como de las actuaciones o decisiones relacionadas con su pol\u00edtica comercial o de recursos humanos, y sobre aquellas que afecten a las condiciones de trabajo del personal.<\/p>\n<p>Consulta previa.<\/p>\n<p>La Direcci\u00f3n de la Entidad, de forma previa a su aplicaci\u00f3n o presentaci\u00f3n a los Organos de Gobierno, someter\u00e1 a consulta previa de los representantes de los trabajadores los planes estrat\u00e9gicos y de actuaci\u00f3n de la Entidad, las modificaciones en el organigrama de la Entidad, as\u00ed como aquellas decisiones que pudieran incidir sobre las condiciones de trabajo establecidas con car\u00e1cter general o que afecten a un colectivo de trabajadores (jornada y horarios, salarios, incentivos, promoci\u00f3n, etc.). Todo ello con las debidas garant\u00edas de confidencialidad por parte de los representantes de los trabajadores. El informe de los representantes de los trabajadores se acompa\u00f1ar\u00e1 en la documentaci\u00f3n a facilitar al Consejo de Administraci\u00f3n sobre el tema.<\/p>\n<p>C\u00f3digo de Conducta y Responsabilidad Social de la Entidad.<\/p>\n<p>Esta norma se abordar\u00e1 como primer trabajo del nuevo Consejo de Administraci\u00f3n, a trav\u00e9s de una Comisi\u00f3n constituida al efecto e integrada por un miembro de cada grupo de representaci\u00f3n en el Consejo, que en el plazo de tres meses presentar\u00e1 una propuesta ante el mismo, para su posterior remisi\u00f3n y aprobaci\u00f3n por la Asamblea General. Este C\u00f3digo ser\u00e1 de obligado cumplimiento para todos los integrantes de la plantilla y de los Organos de Gobierno de la Entidad, concretar\u00e1 la actuaci\u00f3n de la Entidad conforme a los principios recogidos en la Ley, y recoger\u00e1 entre otros principios los siguientes:<\/p>\n<p>El concepto de Banca Etica en la gesti\u00f3n, con total sometimiento a la misma de cualquier decisi\u00f3n o actuaci\u00f3n. En base a esto, no ser\u00e1n admisibles intervenir en actuaciones cuyo \u00fanico fin sea de naturaleza especulativa, ni en aquellas que no sean respetuosas con el medio ambiente o los recursos naturales; asimismo, las operaciones en que intervengamos habr\u00e1n de producir un valor social a\u00f1adido, primando, en su caso, aqu\u00e9llas cuyo beneficio social sea mayor.<\/p>\n<p>Prohibici\u00f3n de constituir empresas junto con la Entidad o sus participadas para cualquier miembro de los Organos de Gobierno, Direcci\u00f3n o de la plantilla en general, adquirir total o parcialmente participada de la Entidad, o enajenar a la misma cualquier empresa en la que tenga participaci\u00f3n. Esta prohibici\u00f3n se har\u00e1 extensiva a su c\u00f3nyuge, ascendientes o descendientes, as\u00ed como en el caso de que pudiera aparecer una o varias personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas interpuestas.<\/p>\n<p>Pol\u00edtica de Empresas Participadas, que recoger\u00e1 en l\u00edneas generales lo indicado en el apartado espec\u00edfico anterior sobre este tema.<\/p>\n<p>Fusi\u00f3n entre Caja San Fernando y El Monte.<\/p>\n<p>Las organizaciones que suscriben el presente acuerdo apuestan por retomar a la mayor brevedad la fusi\u00f3n entre El Monte y Caja San Fernando.<\/p>\n<p>Este proyecto ser\u00e1 respetuoso con los principios de gesti\u00f3n profesionalizada de la Entidad, Obra Social y del C\u00f3digo de Conducta y Responsabilidad Social, y contendr\u00e1 las garant\u00edas econ\u00f3micas y financieras suficientes para su viabilidad.<\/p>\n<p>El proyecto de fusi\u00f3n a aprobar habr\u00e1 de ser consensuado por las organizaciones firmantes de este documento, incluyendo la composici\u00f3n de los Organos de Gobierno durante el periodo transitorio.<\/p>\n<p>El proyecto de fusi\u00f3n incluir\u00e1 entre sus condiciones suspensivas la aplicaci\u00f3n en la nueva Caja del Acuerdo Laboral para la Fusi\u00f3n alcanzado con fecha 18 de Junio de 2.001 entre ambas Entidades y las representaciones sindicales.<\/p>\n<p>En caso de producirse esta Fusi\u00f3n, las organizaciones firmantes del presente Acuerdo se comprometen a la aplicaci\u00f3n de los contenidos regulados en el mismo, como proyecto a aplicar en la nueva caja.<\/p>\n<p>Normativa sobre Cajas de Ahorros de Andaluc\u00eda<\/p>\n<p>El P.S.O.E., como partido de gobierno de la Junta de Andaluc\u00eda y organizaci\u00f3n firmante del presente acuerdo, se compromete a abrir un periodo de consultas con CC.OO. e I.U. antes de la aprobaci\u00f3n del texto del Reglamento de la Ley de Cajas de Ahorros de Andaluc\u00eda. <\/p>\n<p>Ante cualquier posible modificaci\u00f3n de la Ley 15\/1999, de Cajas de Ahorros de Andaluc\u00eda, las organizaciones firmantes se comprometen a impulsar desde sus \u00e1mbitos de representaci\u00f3n e institucionales respectivos, las pautas de modificaci\u00f3n del marco legal que a continuaci\u00f3n se enumeran, sin que las mismas sean excluyentes de aquellas otras que las organizaciones firmantes pudiesen plantear en su momento. Asimismo, se acordar\u00e1 en el seno del Consejo de Administraci\u00f3n la intervenci\u00f3n institucional a realizar en representaci\u00f3n de la Entidad en el tr\u00e1mite de consulta previa. <\/p>\n<p>Consenso sobre porcentajes de representaci\u00f3n<\/p>\n<p>Las organizaciones firmantes procurar\u00edan el m\u00e1ximo consenso posible acerca de los nuevos porcentajes de representaci\u00f3n de los distintos grupos.<\/p>\n<p>Incremento de la representaci\u00f3n de los trabajadores<\/p>\n<p>La representaci\u00f3n de trabajadores se fijar\u00eda como m\u00ednimo en un 15%, en l\u00ednea con otras regulaciones de \u00e1mbito auton\u00f3mico y bajo el an\u00e1lisis de que la representaci\u00f3n laboral refuerza dos principios b\u00e1sicos: profesionalidad e inter\u00e9s objetivo en el mejor desarrollo de la empresa.<\/p>\n<p>Modificaci\u00f3n del sistema de elecci\u00f3n de impositores<\/p>\n<p>Modificaci\u00f3n, hacia una mayor universalidad, democratizaci\u00f3n y representatividad, del sistema de elecci\u00f3n de los representantes de los impositores, manteniendo la elecci\u00f3n de compromisarios por sorteo como cuerpo electoral, pero permitiendo que la condici\u00f3n de elegible est\u00e9 abierta a cualquier impositor de la Caja.<\/p>\n<p>Cooperaci\u00f3n entre las Cajas con sede social en Andaluc\u00eda<\/p>\n<p>Mecanismos de cooperaci\u00f3n efectiva entre las Cajas de Ahorros con sede social en Andaluc\u00eda, que les permita acometer proyectos de mayor envergadura y mayor capacidad de competencia con otras Entidades.<\/p>\n<p>Control de los \u00d3rganos de Gobierno sobre los Grupos de Empresas<\/p>\n<p>Revisi\u00f3n de las causas de incompatibilidad<\/p>\n<p>Comisi\u00f3n de Seguimiento<\/p>\n<p>Para el oportuno seguimiento e interpretaci\u00f3n del Proyecto para ambas Cajas que configura las condiciones recogidas en el presente acuerdo, as\u00ed como para propiciar el consenso de las organizaciones firmantes en aquellos asuntos que lo requieran, a la firma del presente documento se constituye una Comisi\u00f3n de Seguimiento integrada por un representante de cada una de las organizaciones que lo suscriben, que se reunir\u00e1 cuantas veces la situaci\u00f3n lo requiera, a petici\u00f3n de cualquiera de las partes.<\/p>\n<p>Comisi\u00f3n Coordinadora en cada Caja<\/p>\n<p>A la firma del presente acuerdo, y en el \u00e1mbito de cada Caja, se constituir\u00e1 una Comisi\u00f3n Coordinadora para el adecuado desarrollo y gobernabilidad de este acuerdo, as\u00ed como para propiciar el consenso de las organizaciones firmantes en aquellos asuntos que lo requieran, que estar\u00e1 integrada por un representante, a propuesta de cada una de las organizaciones que lo suscriben de entre los miembros del Consejo de Administraci\u00f3n de cada Caja, que se reunir\u00e1 cuantas veces la situaci\u00f3n lo requiera, a petici\u00f3n de cualquiera de las partes.<\/p>\n<p>ANEXO I<\/p>\n<p>NOMBRAMIENTO DE CARGOS EN LOS ORGANOS DE GOBIERNO Y CANDIDATURAS DE IMPOSITORES EN EL MONTE<\/p>\n<p>Fruto del consenso entre las organizaciones que suscriben el presente acuerdo, \u00e9stas adoptan los criterios a defender en las propuestas a elevar en las materias de este Anexo en los Organos de Gobierno de El Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla:<\/p>\n<p>Consejo de Administraci\u00f3n:<\/p>\n<p>Presidente del Consejo de Administraci\u00f3n: D. Jos\u00e9 Mar\u00eda Bueno Lid\u00f3n, a propuesta del P.S.O.E., que se eligir\u00e1 con el cargo de Presidente Ejecutivo.<\/p>\n<p>Vicepresidente Primero del Consejo de Administraci\u00f3n: Un miembro de este \u00d3rgano a propuesta de la \u00abCandidatura Social de Impositores\u00bb<\/p>\n<p>Vicepresidente Segundo del Consejo de Administraci\u00f3n: Un miembro de este \u00d3rgano a propuesta del P.S.O.E.<\/p>\n<p>Vicepresidente Tercero del Consejo de Administraci\u00f3n: Un miembro de este \u00d3rgano a propuesta de CC.OO.<\/p>\n<p>Secretario del Consejo de Administraci\u00f3n: Un miembro de este \u00d3rgano a propuesta del P.S.O.E.<\/p>\n<p>Vicesecretario del Consejo de Administraci\u00f3n: Un miembro de este \u00d3rgano a designar por el P.S.O.E.<\/p>\n<p>Comisi\u00f3n de Control:<\/p>\n<p>Presidente de la Comisi\u00f3n de Control: Un miembro de este \u00d3rgano a propuesta de CC.OO.<\/p>\n<p>Vicepresidente de la Comisi\u00f3n de Control: Un miembro de este \u00d3rgano a propuesta de P.S.O.E.<\/p>\n<p>Secretario de la Comisi\u00f3n de Control: Un miembro de este \u00d3rgano a propuesta de P.S.O.E.<\/p>\n<p>Para la Comisi\u00f3n de Control, las partes impulsar\u00e1n una candidatura de impositores conjunta, que estar\u00e1 encabezada por un miembro de la \u00abCandidatura Social de Impositores\u00bb.<\/p>\n<p>Patronato de la Fundaci\u00f3n El Monte:<\/p>\n<p>Presidente del Patronato: A propuesta del P.S.O.E.<\/p>\n<p>Vicepresidente del Patronato: El representante en el Consejo de Administraci\u00f3n de la \u00abCandidatura Social de Impositores\u00bb.<\/p>\n<p>Nombramiento de forma consensuada entre las partes firmantes de los patronos de la Fundaci\u00f3n El Monte no pertenecientes al Consejo de Administraci\u00f3n de la Entidad.<\/p>\n<p>Comisi\u00f3n de Gobierno del Patronato: Compondr\u00e1n la Comisi\u00f3n de Gobierno:<\/p>\n<p>El Presidente y Vicepresidente, que ser\u00e1n los del Patronato.<\/p>\n<p>Los integrantes de la Comisi\u00f3n de Obra Social establecida en el punto 5.2 del apartado III, sobre Obra Social, del presente acuerdo.<\/p>\n<p>El Secretario del Patronato, el Director General de la Caja y el Director de la Fundaci\u00f3n El Monte.<\/p>\n<p>1 patrono no perteneciente a los Organos de Gobierno o direcci\u00f3n de la Caja, consensuado entre las partes.<\/p>\n<p>ANEXO II<\/p>\n<p>NOMBRAMIENTO DE CARGOS EN LOS ORGANOS DE GOBIERNO Y CANDIDATURAS DE IMPOSITORES EN CAJA SAN FERNANDO<\/p>\n<p>Fruto del consenso entre las organizaciones que suscriben el presente acuerdo, \u00e9stas adoptan el criterio de defender propuestas consensuadas a elevar en las materias de este Anexo en los Organos de Gobierno de Caja San Fernando de Sevilla y Jerez:<\/p>\n<p>Consejo de Administraci\u00f3n:<\/p>\n<p>Presidente del Consejo de Administraci\u00f3n: D. Alfredo P\u00e9rez Cano, a propuesta del P.S.O.E.<\/p>\n<p>Vicepresidente Primero del Consejo de Administraci\u00f3n: Un miembro de este \u00d3rgano, a propuesta de la \u00abCandidatura Social de Impositores\u00bb<\/p>\n<p>Vicepresidente Segundo del Consejo de Administraci\u00f3n: Un miembro de este \u00d3rgano, a propuesta de I.U.-L.V.-C.A.<\/p>\n<p>Secretario del Consejo de Administraci\u00f3n: Un miembro de este \u00d3rgano, a propuesta del P.S.O.E.<\/p>\n<p>Vicesecretario del Consejo de Administraci\u00f3n: Un miembro de este \u00d3rgano, a propuesta del P.S.O.E.<\/p>\n<p>Comisi\u00f3n de Control:<\/p>\n<p>Presidente de la Comisi\u00f3n de Control: Un miembro de este \u00d3rgano, a propuesta del P.S.O.E.<\/p>\n<p>Vicepresidente de la Comisi\u00f3n de Control: Un miembro de este \u00d3rgano, a propuesta del P.S.O.E.<\/p>\n<p>Secretario de la Comisi\u00f3n de Control: Un miembro de este \u00d3rgano, a propuesta del P.S.O.E.<\/p>\n<p>Las partes firmantes impulsar\u00e1n y apoyar\u00e1n candidaturas de impositores conjuntas para representantes de los mismos en el Consejo de Administraci\u00f3n y Comisi\u00f3n de Control de la Caja.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El presente acuerdo responde a un proyecto de Caja de Ahorros basado en un modelo de gesti\u00f3n profesionalizada, imprescindible para mantener la estabilidad de esta Instituci\u00f3n y alejada de cualquier inter\u00e9s ajeno al de la propia Entidad, de forma que quede garantizado el cumplimiento de la importante funci\u00f3n social que legalmente tiene encomendada. 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